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Diez claves del decreto del alquiler vacacional

Diez claves del decreto del alquiler vacacional

El Gobierno de Canarias anunció este lunes el borrador del nuevo decreto que regula el alquiler vacacional en el archipiélago que impide su desarrollo en suelo residencial en zonas turísticas, aunque admite la posibilidad de que cabildos y ayuntamientos fijen excepciones.

Jueves, 1 de enero 1970

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El debate está servido. Mientras el Gobierno de Fernando Clavijo expone que el nuevo decreto protege a los residentes que viven en zonas turísticas y refuerza el turismo sostenible y de calidad, como defendió el consejero Isaac Castellano; asociaciones como Ascav lo consideran más restrictivo que la ley actual y reprocha que solo beneficia a los grupos hoteleros y perjudica a los pequeños propietarios.

Estas son las diez condiciones más importantes que promulga el nuevo decreto del alquiler vacacional en las islas, que ahora se someterá a un periodo de información pública de un mes y deberá contar también con los informes favorables de distintos departamentos del Ejecutivo y del Consejo Consultivo para ser aprobado definitivamente en Consejo de Gobierno a final de año.

1. Acceso a la vivienda a los residentes

Pretende ayudar a garantizar el acceso a la vivienda de los residentes, apostar por la «sostenibilidad y calidad» y evitar el «crecimiento desordenado» sobre el territorio.

2. Poder de Cabildos y ayuntamientos

Cabildos y ayuntamientos pueden establecer excepciones o fijar marcos flexibles, dejando claro que por jerarquía urbanística, primará el criterio de los cabildos en caso de disparidad de criterios con los ayuntamientos.

3. Seis meses para adaptarse a la ley

Las viviendas de alquiler vacacional tendrán seis meses para adaptarse a la nueva normativa cuando se apruebe.

4. No se aplica en las ‘islas verdes’

Quedan fuera de la regulación las islas verdes, tal y como quedaba recogido en su propia ley, debido a la poca incidencia y suelo turístico en estas.

5. Clasificación de propietarios

Los que posean tres o más viviendas tendrán categoría de actividad profesional y deberán contar con trabajadores y un equipamiento mínimo, al igual que las casas rurales.

6. Teléfono para incidencias

Se establece que debe haber operativo un teléfono 24 horas para registrar incidencias.

7. Control a las plataformas digitales

El decreto establece que las viviendas en oferta deben contar con el número de registro y si se detecta alguna plaza irregular, deberán ser eliminadas en un plazo máximo de seis meses.

8. Sanciones a las plataformas

Las plataformas que no cumplan con la ley y ofertes viviendas vacacionales ilegales, serán sancionadas.

9. Se refuerza la plantilla de inspectores

La Comunidad Autónoma contará con una plantilla de 14 inspectores, que se apoyarán en un futuro plan de inspección turística que atenderá al alquiler vacacional.

10. Comunidades de propietarios

El decreto no tomará medidas sobre las comunidades de propietarios porque la ley de propiedad horizontal es competencia del Estado. Se convocará una mesa de trabajo entre Comunidades y el Estado.

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