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Guía de la Renta Canaria de Ciudadanía: ¿qué es, quién puede solicitarla y cuándo se empieza a cobrar?

Guía de la Renta Canaria de Ciudadanía: ¿qué es, quién puede solicitarla y cuándo se empieza a cobrar?

En esta serie de preguntas, te respondemos a todas las dudas que puedan surgir sobre esta prestación económica

canarias7

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 27 de febrero 2023, 17:40

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¿Qué es la Renta Canaria de Ciudadanía?

Es una prestación económica, acompañada de apoyos sociales profesionales, dirigida a aquellas familias en situación de vulnerabilidad económica y social que residan en Canarias.

¿Cuándo se podrá solicitar la Renta Canaria de Ciudadanía?

Una vez ya aprobada y publicada en BOC el 29 de diciembre a partir del 29 de marzo ya se podrá solicitar, en primer lugar; las familias con menores a cargo que no tienen concedida otra prestación; a finales de abril cualquier familia, aunque no tenga menores a cargo que no tenga concedida otra prestación; y a finales de mayo ya podrá pedirla cualquier familia.

¿Cómo se solicitará la Renta Canaria de Ciudadanía?

El trámite de solicitud será mediante la sede electrónica por lo que será necesario certificado digital o clave PIN. A través de los servicios sociales municipales se podrá recibir orientación en la presentación de la solicitud a aquellas familias o personas que tengan dificultades para ello.

¿Debo solicitar con anterioridad el Ingreso Mínimo Vital para solicitar la Renta de Ciudadanía de Canarias?

Sí, es necesario ser solicitante del IMV, no siendo necesario que haya recaído resolución del IMV para poder ser beneficiario de la Renta, pero si es necesario solicitarlo.

Una vez solicitada la Renta Canaria de Ciudadanía, ¿Cuándo comenzaré a cobrarla?

Una vez solicitada la Renta Canaria de Ciudadanía y recaiga resolución favorable, se comenzará a cobrar al mes siguiente.

¿Dónde debo informar si hay algún tipo de cambio relacionado con el derecho a la Renta Canaria de Ciudadanía?

Sin menoscabo del derecho a presentar documentación por registro o por sede, será en los servicios sociales municipales donde esté empadronada la unidad de convivencia desde donde se lleve el seguimiento de la situación de la familia y se informe de los cambios que se puedan producir en la unidad de convivencia.

¿Debo realizar algún tipo de acción formativa, curso, durante el tiempo que soy beneficiario de la Renta Canaria de Ciudadanía?

Los servicios sociales municipales realizarán un diagnóstico social y se realizará un plan de intervención pactado con los miembros de la unidad de convivencia en función de las necesidades detectadas de cara a lograr un proceso de inclusión donde el empleo, siempre que sea posible para las personas, tendrá un papel central en ese proceso de inclusión.

Actualmente cobro la Prestación Canaria de Inserción (PCI), ¿Debo solicitar la Renta Canaria de Ciudadanía?

No, todas aquellas unidades de convivencia que ya cobran las Prestación Canaria de Inserción pasarán de oficio a la Renta de Ciudadanía sin necesidad de ningún trámite mediante resolución del órgano competente cuando entre en vigor la ley, en la nómina de abril de 2023 con la actualización de las cuantías que correspondan.

Actualmente cobro la Prestación Canaria de Inserción (PCI), ¿Hasta que entre en vigor la Renta, el 29 de marzo, debo seguir presentando renovaciones, informar de los cambios en los servicios sociales de mi ayuntamiento?

Hasta que entre en vigor la ley de la Renta de Ciudadanía, el 29 de marzo, la PCI seguirá en vigor, por lo tanto, será necesario informar a los servicios sociales municipales de cualquier cambio en las circunstancias de la unidad de convivencia. En cuanto a las renovaciones o solicitudes de continuidad por vulnerabilidad no será necesario presentarlas a partir del 29 de diciembre, fecha de publicación en BOC de la ley, ya que se entra en continuidad en la PCI de oficio. Si fueron presentadas con anterioridad a dicha fecha sí debe recaer resolución.

¿Qué se tiene en cuenta a la hora de aprobar la Renta Canaria de Ciudadanía?

A la hora de aprobar la prestación económica se tienen en cuenta una serie de requisitos económicos y de la unidad de convivencia. Con respecto a los económicos, de manera general, el no haber tenido durante los tres meses anteriores ingresos por encima de lo que correspondería en función de la unidad de convivencia de renta ciudadana. Además, como requisito estaría el no tener propiedades, excluyendo la vivienda habitual, que demuestre que se tiene medios de vida. Igualmente es necesario tener un tiempo mínimo de 12 meses de residencia efectiva en Canarias, salvo excepciones.

¿Quiénes forman parte de la unidad de convivencia que recibe la Renta Canaria de Ciudadanía?

La unidad de convivencia beneficiaria de la renta la forma el núcleo familiar constituido por la persona titular y, en su caso, a quienes convivan con ella en una misma vivienda o espacio habitacional, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco civil de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea directa y colateral, o por adopción, tutela o acogimiento familiar. Es decir, padres y madres y sus hijos/as, abuelos/as, hermanos/as. También pueden constituir unidades de convivencia independientes aquellas que compartan vivienda y aun estando emparentadas tengan a su cargo: menores de edad, personas con discapacidad igual o superior al 33%, personas en situación de dependencia de grado I, II y III, así como hijos que ya hayan cumplido los 18, y hasta los 23, si continúan realizando estudios; así como aquellas unidades de convivencia no emparentadas que residan en la misma vivienda. Ejemplo: una familia de padre y madre con dos menores a cargo, aunque convivan con los abuelos de los menores, formarían una unidad de convivencia independiente de cara a la renta canaria.

¿Es compatible la Renta Canaria con otros ingresos?

Sí es compatible, siempre que esos otros ingresos no superen lo que correspondería por Renta Canaria. Los ingresos de la unidad de convivencia se descontarán, excepto aquellos que no son computables, de lo que correspondería por percibir la Renta Canaria, y se abonará esa diferencia.

Por ejemplo: si en una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores se percibieran 400 euros en concepto de prestación por desempleo, esos 400 euros se descontarían de la cuantía que corresponde a esa familia de dos adultos y dos menores, que en 2022 fue de 934 euros, es decir quedaría una Renta Canaria de Ciudadanía de 934-400= 534 euros al mes.

Si ya presenté mi solicitud de PCI, o la presento antes del 29 de marzo, y no he tenido resolución, ¿debo presentar de nuevo la solicitud de Renta Canaria de Ciudadanía?

No es necesario presentar nueva solicitud, las solicitudes no resueltas de PCI a la entrada en vigor de la Renta Canaria el 29 de marzo, pasará a ser solicitudes de Renta Canaria, sin menoscabo del derecho a renuncia. Igualmente, aquellas renovaciones no resueltas a la fecha mencionada pasarán como nuevas solicitudes de Renta Canaria.

Soy beneficiario de la PCI, pero en el momento de entrada en vigor de la renta, el 29 de marzo, tengo la prestación suspendida por estar trabajando, ¿Cuándo finalice el trabajo deberé pedir la Renta Canaria de Ciudadanía?

No es necesario, todos los expedientes de PCI pasarán a Renta Canaria, por lo cual, en el caso concreto, cuando se finalizara el trabajo se procedería a informar a los servicios sociales municipales para dar de alta en Renta Canaria de Ciudadanía si se sigue cumpliendo con los requisitos.

Una vez sea beneficiario de la Renta Canaria de Ciudadanía, ¿tendré que presentar renovaciones cada cierto tiempo para mantener la prestación, como en la PCI?

No, al contrario que en la PCI, en la Renta Canaria de Ciudadanía no es necesario presentar renovaciones, la prestación económica se mantendrá todo el tiempo que sea necesario. Si es importante informar a los servicios sociales municipales de cualquier cambio que se pudiera producir en la unidad de convivencia de cara a los ajustes necesarios.

¿Cuáles son las cuantías de la Renta Canaria de Ciudadanía?

La ley regula que las cuantías para la Renta canaria serán las establecida para las cuantías base del IMV en función de la estructura de la unidad de convivencia. Ya se ha anunciado por el Gobierno Central que las cuantías del IMV se actualizarán al 15%, por lo que, a falta de publicación oficial del Ministerio de Inclusión.

Además, en el caso de que la cuantía fuera más beneficiosa la que recogía hasta ahora la PCI, que la establecida por el IMV, se establecerá la primera.

Por ejemplo; en 2022 para las unidades de convivencia de 1 persona, el IMV establece la cuantía de 491,63, mientras que la PCI de 513. En este ejemplo, para Renta Canaria la cuantía establecida sería de 513 euros. Si se diera esa circunstancia con las cuantías oficiales de 2023, si la referida a la PCI fuera más favorable en función del tipo de unidad de convivencia, se establecería esa.

Con respecto a los requisitos de la unidad de convivencia monoparental, se dará información más específica para justificar esta situación, pero serían los mismos que los establecidos para el IMV; guarda custodia en exclusiva, víctima de violencia de género; así como otras que se puedan indicar.

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