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El Gobierno recurre el fallo contra el decreto del gas

El Gobierno recurre el fallo contra el decreto del gas

El Gobierno de Canarias recurrirá la sentencia dictada el pasado 9 de marzo por la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y que tumbaba gran parte del decreto 345/2015 que reguló los criterios y la convocatoria pública del concurso de adjudicación del gas propanado.

Jueves, 1 de enero 1970

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El Gobierno de Canarias considera que existen «argumentos suficientes» para lograr en casación anular la sentencia del TSJC que, de ser firme, supondría paralizar el proceso e iniciar un nuevo procedimiento de adjudicación.

El TSJC anuló el pasado 9 de marzo nueve artículos y dos disposiciones transitorias del decreto 345/2015 por el que Redexis se convirtió en adjudicataria para implantar el gas canalizado en ocho municipios y Gas Natural en dos. Disa, que fue quien presentó el recurso, estimado parcialmente por el TSJC, quedó fuera.

El TSJC entendía que el decreto del Gobierno vulneraba la legislación estatal al primar la extensión de la red -cuanto más kilómetros, más puntuación- y la rapidez de la implantación, sin tener en cuenta ni la rentabilidad ni el consumo real. De esta forma, para el TSJC el decreto del Gobierno contradice la legislación estatal y europea que busca implantar la red gasista al menor coste para los ciudadanos.

Respecto a este argumento, el Gobierno de Canarias rechaza que el decreto 345/2015 «afecte o interfiera» en la normativa básica el Estado. Según indicó ayer a través de un comunicado, el decreto canario lo único que hace es «desarrollar» la normativa básica estatal adaptándola a las peculiariades propias y específicas de la región canaria.

En cuanto a que la implantación del gas en Canarias se hace a costa del sistema (y por tanto a costa de los contribuyentes), el Gobierno lo rechaza. Asegura que «tiene nulo impacto» en la retribución del sistema la extensión de la red y el plazo de tiempo en que se instale.

Indica que los cambios establecidos en el modelo retributivo actual solo se tiene en cuenta el número de consumidores y su consumo. «Por tanto (...) los activos de la empresa de distribución no tienen ningún impacto en la fijación de la retribución que se percibe con cargo al sistema», señala.

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