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En la campaña de la declaración de la Renta 2023-2024 hay pocas novedades respecto a las deducciones autonómicas, salvo la prórroga de la deducción para combatir la inflación.
El asesor fiscal Orlando Lujan, de Luján Asesores, indica que Canarias podría haber hecho un mayor esfuerzo fiscal puesto que la inflación ha sido superior a lo que cubren las medidas. Como ejemplo, la deflactación de los tramos. La actualización alcanza hasta el 4,5%, sin embargo, los precios subieron hasta un 15%. Luján considera que Canarias podría haber seguido los pasos de otras comunidades que han tomado medidas vía IRPF en el tramo autonómico para aliviar a sus ciudadanos elevando las bases imponibles o bajando los tipos.
Estas son las 12 deducciones autonómicas a tener en cuenta en esta campaña:
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El Gobierno de Canarias decidió prorrogar para el año 2023 la deducción autonómica por alza de precios creada para 2022. Esta se puede indicar que es la principal novedad puesto que el resto de las deducciones se aprobaron de forma conjunta para los ejercicios 2022 y 2023 y se mejoraron las condiciones, de forma que las cuantías subieron en torno a un 20% y los límites de las rentas de los beneficiarios en un 10%.
Esta deducción es de 225 euros para contribuyentes con rentas inferiores a 20.000 euros; de 175 euros para contribuyentes con rentas inferiores a 25.000 euros y de 125 euros para contribuyentes con rentas inferiores a 30.000 euros. Los límites del nivel de renta se incrementarán en 10.000 euros cuando se opte por tributación conjunta.
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Deducción del 12% sobre los gastos médicos o sanitarios por motivo de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar.
Se excluye de la aplicación de esta deducción la asistencia con fines estéticos, excepto que constituyan la reparación de daños causados por accidentes o intervenciones que afecten a las personas y los tratamientos destinados a la identidad sexual. También se incluyen los gastos por adquisiciones de aparatos y complementos (incluidas las gafas graduadas y las lentillas) que se suplan las deficiencias físicas de las personas.
Se debe presentar facturar, haber pagado con tarjeta de crédito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad crédito a las personas o entidades que presten los servicios. Los límites de renta son 42.900 euros en la tributación individual y y 57.200 en la conjunta. La deducción tiene un límite de 600 euros en la individual y 840 en la conjunta.
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Se podrá deducir por cada hijo nacido o adoptado en el año 2023 las siguientes cantidades: 240 euros por el primero o segundo hijo (antes, en 2021 eran 200); 480 euros por el tercero; 672 por el cuarto y 840 (ante eran 700) por el quinto o sucesivos. Tendrán derecho a esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas en el ejercicio superiores a 42.900 euros en tributación individual y a 57.200 en conjunta.
En el caso de los hijos nacidos o adoptados con minusvalía física, psíquica o sensorial igual o superior al 65% se podrán deducir 480 euros por el primero o segundo y 960 por el tercero o siguientes. Estas deducciones son acumulables a la de nacimiento adopción general.
4
Los contribuyentes residentes en Canarias podrán aplicar las siguientes deducciones compatibles entre sí: Deducción de 360 euros del contribuyente discapacitado con minusvalía igual o superior al 33% deducción de 144 euros por cada contribuyente mayor de 65 años. Tendrán derecho a esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas en el ejercicio superior a 42.900 euros en tributación individual y 57.200 en conjunta.
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Deducción de 360 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, siempre que conviva con el menor la totalidad del período impositivo. Si la convivencia es inferior al período impositivo, la cuantía de la deducción se prorrateará por los días reales de convivencia en el periodo impositivo.
Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a esta deducción y opten por tributación individual, los importes de la deducción se prorratearán entre ellos a partes iguales.
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Deducción de 120 euros para las familias monoparentales que tengan a su cargo descendientes, siempre que el contribuyente no conviva con cualquier otra persona distinta a los citados descendientes, salvo que se trate de ascendientes que generen el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes.
Se entiende por descendiente, los menores de edad o mayores discapacitados, que convivan con el contribuyente y no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros. (Se asimilan a descendientes los tutelados o acogidos). Los límites de renta para acogerse son los señalados anteriormente (42.900 y 57.200).
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Los contribuyentes que posean el título de familia numerosa durante 2023 tendrán derecho a una deducción de 540 euros en la categoría general (3 o 4 hijos); 720 euros en la categoría especial (5 hijos o más): Si algún miembro de la familia numerosa de categoría general tiene minusvalía igual o superior 65 % se eleva a 1.200 euros y a 1.320 euros en la categoría especial.
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Los contribuyentes que perciban prestaciones por desempleo podrán deducirse 120 euros si cumplen los siguientes requisitos: Tener residencia habitual en Canarias y haber estado en situación de desempleo durante más de 6 meses en 2023.
Están obligados a declarar los que tengan ingresos del trabajo superiores a 11.200 euros e igual o inferior a 22.000 tanto en tributación individual como en tributación conjunta. La suma de la base imponible general y del ahorro, excluida la parte de los rendimientos del trabajo, no podrá exceder de 1.600 euros.
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Se tendrá derecho a una deducción para los hijos que cursen esudios de educación superior fuera de la isla o lugar de residencia de 1.800 euros y puede llegar a ser de 1.920 euros. El límite de renta para acogerse es el señalado anteriormente. No será de aplicación cuando concurra algún requisito, como el que los estudios no abarquen un curso académico completo o un mínimo de 30 créditos.
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Se podrá deducir el 100% de los gastos por adquisición de material escolar libros de texto, transporte, uniformes, comedores y refuerzo educativo. El límite es de 120 euros por el primer hijo y 60 adicionales por los restantes. Los límites de renta son los señalados anteriormente. Es necesaria la factura.
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Deducción del 15% de las cantidades satisfechas con un máximo de 480 euros anuales por niño menor de 3 años. Debe presentarse factura y con los límites de renta señalados anteriormente (42.900 y 57.200).
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El Gobierno de Canarias contepla varias deducciones en materia de vivienda. Una es de vivienda habitual y contempla para contribuyentes con base imponible inferior a 15.000 euros el 5% de deducción de las cantidades satisfechas. Será del 3,5% para los que tengan base imponible de enre 16.000 y 33.000 euros. Para la rehabilitación energética hay una deducción del 12% sobre las obras realizadas con una serie de requisitos y límites.
En el caso de obras para adecuar la vivienda a personas con discapacidad la deducción es del 14%. Para el alquiler de la vivienda habitual hay una deducción del 24% de las cantidades satisfechas hasta un límite de 720 euros. Sujeta también a una serie de requisitos.
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