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Palacio de Justicia de Tenerife. C7
Condenada por agredir a un hombre que no quiso ligar con ella
En Santa Cruz de Tenerife

Condenada por agredir a un hombre que no quiso ligar con ella

Tribunales ·

El hombre recibió una paliza al rechazarla con el argumento de que estaba casado

Efe

Santa Cruz de Tenerife

Viernes, 19 de enero 2024, 10:59

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La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un mujer por un delito leve de lesiones a un hombre que, según el testimonio del denunciante, recibió una paliza tras rechazar «ligar» con ella.

La mujer, según la sentencia, deberá pagar una multa de 90 euros y 8.600 euros al denunciante.

Los hechos tuvieron lugar a principios de 2022 en un bar de la capital tinerfeña y según el relato del hombre, la mujer quiso ligar con el hombre pero la rechazó con el argumento de que estaba casado.

Los hechos

A continuación ella lo agarró y tiró de la camisa, mientras se iba del lugar diciendo: «Te vas a enterar, voy a llamar a mis hijos para que te revienten».

Sobre las once de la noche del mismo día cuando el hombre se dirigía a su casa se encontró con varias personas entre las que estaba la denunciada que lo agredieron, según señala la sentencia .

El resultado fue que la víctima sufrió policontusiones e hinchazón del ojo derecho que requirieron de la prescripción de analgésicos y antiinflamatorios durante un período de quince días, de los que uno estuvo hospitalizado.

Según la sentencia, en la actualidad aún le quedan secuelas que dan lugar a un perjuicio estético aunque no se puede establecer una relación entre lo ocurrido y las lesiones que presenta en los dientes y boca.

La condenada interpuso un recurso ante la Audiencia que fue rechazado y en el que expresaba la falta de pruebas en su contra para demostrar que efectivamente golpeó al denunciante del que dice que es alcohólico y consumidor de estupefacientes y había mantenido un encontronazo con otro hombre en el bar horas antes.

Por su parte, indica que tan sólo llegó a amenazarlo y no lo golpeó, y pidió que se hiciera al hombre una prueba toxicológica para demostrar que es adicto y que las lesiones son anteriores a aquel día.

Esta prueba fue inadmitida al no haber sido propuesta en su momento mientras que en cuanto al historial clínico en poder del tribunal no consta que hubiera sido atendido días antes.

El fallo

La Audiencia responde al recurso que la sentencia de instancia es correcta y que a falta de pruebas directas se debe recurrir a otras indiciarias y que en este caso llevan a considerar que el fallo es ajustado a Derecho.

A ello se une que la versión de la víctima es considerada creíble y coherente, sin incurrir en ninguna contradicción, ambigüedad ni se ha desdicho en cuanto a aspectos como el lugar, tiempo y circunstancias de lo ocurrido.

La principal prueba es precisamente las lesiones que padece corroboradas por el forense y que son compatibles con haber recibido patadas y puñetazos en la cara, tórax, abdomen y piernas, como se aprecia en las fotos aportadas.

El Tribunal tiene en cuenta que desde un primer momento el hombre la identificó como autora de la agresión, localizó donde vivía y dijo su nombre, mientras que ella se limitó a negar su culpabilidad, que conociera al denunciante o que hubiese coincidido con él en el bar.

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