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La Audiencia absuelve a Miguel Ángel Ramírez y a Héctor de Armas en el caso de Seguridad Integral

La Audiencia absuelve a Miguel Ángel Ramírez y a Héctor de Armas en el caso de Seguridad Integral

Estima la tesis de la defensa y entiende que el papel de Alba invalidó en gran medida la causa | El fallo cuenta con un voto particular y es recurrible

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 15 de abril 2024, 12:47

El empresario y presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Las Palmas tras ser acusado y juzgado de haber eludido pagos a Hacienda y la Seguridad Social para multiplicar sus beneficios al frente de Seguridad Integral Canaria(SIC). También queda absuelto el otro acusado, Héctor de Armas.

En la sentencia, la Sección Primera asume por mayoría -con la discrepancia de una de sus miembros-, y en gran medida la tesis planteada por la defensa de Ramírez, que argumentó que los informes de los técnicos de Hacienda y la Seguridad Social no concretaron la posible cantidad defraudada por la empresa, trabajador por trabajador y, por lo tanto, no había posibilidad de ejercer acción penal alguna y que Ramírez no tuvo poder de decisión cuando Héctor de Armas fue el administrador de la entidad.

Esta sentencia contó con el planteamiento contrario de la que había sido designada ponente, la magistrada Mónica Herreras, que entendió que sí existió reproche penal en el proceder del empresario, por lo que su tesis como ponente inicial pasó a convertirse en un voto particular.

Los demás miembros de la Sala, Miguel Ángel Parramón y Pedro Herrera, hicieron valer el sentir mayoritario para dictar una sentencia absolutoria nueve meses después de la celebración del juicio.

La Audiencia de Las Palmas da gran importancia a que los asuntos juzgados pasaron en su día por el juez Salvador Alba, condenado en firme por prevaricación, falsedad y cohecho. Así, la Sala considera que ese comportamiento «espurio» del juez Alba invalida la declaración posterior y formal de Ramírez, con una consecuencia favorable a sus intereses: si no es válida, formalmente no existe y, si no existe, la Justicia no cumplió con su obligación de citarlo en los plazos legalmente previstos para darle la oportunidad de exponer su versión, asistido por su letrado.

Las mismas consecuencias legales aplica la sala a los cargos formulados contra Héctor de Armas, que sucedió a Ramírez como administrador de la empresa de vigilancia privada a la que se atribuía ese fraude millonario (Seguridad Integral Canaria), de modo que también él ha sido absuelto.

En el juicio, se expusieron varios mecanismos de presunto fraude, pero el más reiterado fue este: según las cuatro acusaciones (el fiscal, Hacienda, la Seguridad Social y el sindicato USO), Seguridad Integral pagaba sistemáticamente las horas extras de sus empleados como si fueran dietas, que no tributan. La Audiencia de Las Palmas entiende que los delitos cometidos por el juez Alba en la instrucción del caso dejan sin base todos los reproches penales relativos a las liquidaciones de 2010 en adelante. Y, en cuanto al año 2009, determina que no se puede apreciar delito alguno, porque «no está delimitada la base imponible».

Hay que recordar que la fiscal Evangelina Ríos había pedido para Ramírez una condena de 21 años y medio de cárcel y 105 millones de multa, mientras que para De Armas interesó 14 años de prisión y 79,32 millones de multa.

Los argumentos de Choclán

Durante el juicio, José Antonio Choclán, abogado de Ramírez, apeló precisamente a que se había realizado una instrucción irregular y que se le tomó declaración a su cliente sin que existiese una resolución que motivara la ampliación formal del procedimiento ya que se varió el objeto de la investigación por los presuntos delitos cometidos por SIC en los ejercicios 2010 a 2013, una decisión adoptada por el magistrado Salvador Alba cuando estuvo en el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria.

«La consecuencia es que el proceso no se ha dirigido nunca contra Ramírez por los ejercicios de 2010 a 2013 y se dictó un auto sin respetar las garantías previas de que el investigado tiene que ser informado de las variaciones que se produzcan en el objeto del procedimiento», expuso, para añadir que la actuación del exjuez Alba «se condujo con una finalidad espuria y desviada», manifestó en sala.

Cuestionó también el proceder de los técnicos de la Agencia Tributaria, de quien dijo que «un procedimiento penal no puede tener una naturaleza prospectiva sin existir datos que permitieran entender que existía la posibilidad de delito».

También refirió a que el proceder de los inspectores de la Seguridad Social fue «arbitrario» y, por ese motivo, también interesó la nulidad de las actuaciones.

El fallo es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.

Sentencia

La sentencia absolutoria, entrando en el análisis de las cuestiones previas planteadas por las defensas, concluye que no puede considerarse ejercitada la acción penal por los delitos que comprenden ejercicios fiscales de 2010 a 2013 y por las cuotas a la seguridad social de 2009 a 2012, por no haberse tomado la obligada y exigida declaración por estos hechos a los investigados durante la instrucción. Sin tal declaración, dice la Sala, no es posible la delimitación de la base punible, ni la acusación posterior y, menos aún, su condena, pues se les estaría exponiendo a una clara y determinante situación de indefensión.

Esta decisión del Tribunal es consecuencia de la declaración de nulidad de la instrucción de la causa durante el tiempo que estuvo al frente del Juzgado (Instrucción nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria) y a cargo de esta causa el hoy exmagistrado Salvador Alba, cuya actuación procesal se invalida en su totalidad.

«Un juicio público» que ha «trastornado drásticamente proyectos empresariales»

El empresario y presidente de la Unión Deportiva Las Palmas hizo pública en la tarde este lunes una primera valoración de la decisión de la Audiencia Provincial a través de los servicios de comunicación del propio club. En el comunicado señala que ha sido la víctima de un «juicio público» que ha condicionado su actividad empresarial.

«Hoy se cierra una ingrata travesía de defensa de mi honor profesional y personal que ha durado diez años», comienza afirmando Ramírez. «En esa dura travesía nunca se ha producido un pronunciamiento judicial a favor o en contra de todas las acusaciones que se han difundido generosamente. Pero sí se ha querido consolidar un juicio público paralelo que ha angustiado a mi familia, a mi entorno y ha trastornado drásticamente proyectos empresariales. Y, no menos importante, la imagen de un club de fútbol profesional que me honro presidir, cuya actividad nunca ha sido cuestionada judicialmente.

A continuación, señala que «no ha sido fácil soportar una reclamación de pago de 142 millones de euros por distintas sanciones que hoy se demuestran injustamente reclamadas. Mucho menos fácil ha sido convivir con peticiones de más de 21 años de cárcel».

Miguel Ángel Ramírez concluye señalando lo siguiente: «No creo que muchas personas hubieran logrado conservar su pleno juicio con semejante persecución y azote público. Son muchos los que se vieron inducidos a creer, por pura lógica, lo que mis acusadores han insistido en recrear con un ensañamiento inédito en Canarias. Gracias a todos los que, a pesar de todo, nunca se alejaron de mí».

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