La declaración de Cobo Plana deja sin 'coartada' a San Ginés en la contratación de Calatayud
caso san ginés ·
Fue cesado por el presidente del Cabildo para contratar a su amigoSecciones
Servicios
Destacamos
caso san ginés ·
Fue cesado por el presidente del Cabildo para contratar a su amigocanarias7
Las Palmas de Gran Canaria
Jueves, 20 de octubre 2022, 08:51
Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.
Opciones para compartir
La situación judicial de Pedro San Ginés se sigue complicando tras la declaración del testigo Juan José Cobo Plana.
El testigo está considerado uno de los mayores expertos de Derecho Concursal de Canarias por su condición de Magistrado de lo Mercantil y por su experiencia en el ejercicio privado como abogado especializado en procedimientos concursales. Por tal motivo fue el primer abogado contratado por Inalsa para la defensa del concurso de acreedores que en su momento presentó la empresa pública de aguas, uno de los de mayor cuantía y complejidad de los que se han tramitado ante los tribunales de las islas.
Cobo Plana compareció el pasado viernes ante el Juzgado de Instrucción nº3 de Arrecife para aclarar el motivo por el que se produjo el cambio de abogado en el concurso de acreedores de Inalsa tras la llegada de Pedro San Ginés a la presidencia del Cabildo de Lanzarote, ya que la primera decisión de San Ginés fue contratar a su amigo Ignacio Calatayud como letrado de la empresa pública de aguas en sustitución de Cobo Plana, alegando que éste había «renunciado» a seguir como abogado de la empresa y que era «urgente» contratar nuevo abogado para no dejar «indefensa» a la entidad en el concurso de acreedores.
El testigo desmintió rotundamente haber cesado por voluntad propia en la dirección legal del Concurso de Acreedores de Inalsa y aclaró que su sustitución por Ignacio Calatayud se debió a una decisión personal de Pedro San Ginés, que le cesó como letrado de Inalsa para contratar a su amigo íntimo como nuevo abogado de la empresa pública.
La declaración del magistrado deja así sin 'coartada' a Pedro San Ginés, que siempre sostuvo que el nombramiento de Calatayud se debió a razones de urgencia por la renuncia de Cobo Plana, que habría dejado sin defensa jurídica a Inalsa. La declaración del testigo desvelaría, según fuentes del caso, dicha falsedad y demostraría que la contratación de su amigo se debió tan solo a la firme voluntad de San Ginés de favorecer los intereses de Calatayud.
Noticias relacionadas
Fuentes jurídicas cercanas al caso consideran que la declaración de Cobo Plana reviste una gran importancia porque demuestra que la contratación de Calatayud fue ilegal desde el principio ya que se basó en un motivo falso (la supuesta renuncia de Cobo Plana) y pone de manifiesto la fabulación urdida por San Ginés para hacer pasar la contratación de Calatayud como urgente e indispensable.
Las mismas fuentes han destacado la contundencia con la que el testigo respondió a las preguntas de la Jueza Instructora, la Fiscal, la acusación y a la defensa, aclarando que los «incidentes concursales» forman parte de la «fase común» y que los honorarios que percibe el abogado de la concursada por la fase común incluyen la defensa de los incidentes, confirmando que las «costas procesales» son propiedad del cliente, no del abogado, y que cuando se trata de costas devengadas en un concurso de acreedores el dinero de las mismas no se destina a pagar al abogado sino a atender los créditos que tiene la empresa concursada.
La declaración Cobo Plana, el mayor experto en Derecho Concursal en Canarias, pulverizaría, según esas fuentes, la estrategia jurídica de Pedro San Ginés al dejar sin justificación la contratación irregular de Calatayud y señalar claramente como ilegales los cobros de Calatayud por tratarse de una apropiación indebida de fondos públicos, consentida y justificada públicamente por el expresidente.
Noticia Relacionada
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.