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En la imagen, la actual presidenta, Consuelo Jorges. COBER

El juzgado deniega suspender el acuerdo por el que se relevó la presidencia de Turcón

tribunales ·

Un auto desestima la medida cautelar pedida por el presidente anterior, Honorio Galindo, y le impone el pago de las costas judiciales

Sábado, 5 de noviembre 2022, 01:00

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El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Telde ha denegado en un auto de fecha 2 de noviembre de 2022 la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad del acuerdo por el que el grupo ecologista Turcón acordó en una asamblea nombrar como nueva presidenta del colectivo a Consuelo Jorges.

La magistrada Olga Martín Álvarez condena al demandante al pago de las costas judiciales. La resolución no es firme y, por los datos recabados por este periódico, será recurrida ante la Audiencia.

La petición de la medida cautelar fue formulada por la representación letrada del anterior presidente, Honorio Galindo, que solicitó al juzgado suspender el punto 10 del orden del día de la asamblea del 15 de julio de 2022 con el que se produjo el relevo en la presidencia.

La iniciativa planteada por el demandante instaba a que Galindo siguiese en el cargo hasta que existiese una sentencia que concluya el procedimiento judicial interpuesto por el anterior presidente, que advirtió irregularidades en cómo se convocó la asamblea y también en su desarrollo.

«No se atisban graves perjuicios que no sean reparables»

La magistrada sostiene que aunque la cuestión de fondo desvela «una confusa situación orgánica de la asociación», que utiliza «una forma de avisar la celebración de las juntas» (mediante wasap) «que dudosamente cumplen la exigencia de ser indubitadas», también apunta que «es lo cierto que dada la naturaleza de la asociación y su finalidad, no se atisban graves perjuicios que no sean reparables».

Es decir, añade Martín Álvarez, aunque al final se dicte una sentencia estimatoria respecto a las pretensiones de Galindo, «no se aprecia el peligro por la mora procesal». Advierte que el demandante «confunde su pretensión de ser mantenido como presidente de la asociación, lo que se podrá ejecutar sin impedimento alguno una vez se dicte sentencia (si fuera estimatoria), con la actuación y persecución de los fines de la asociación».

Insiste la magistrada que esos fines «no dependen de su presidenta, sino de todos y todas sus miembros, debiendo actuar aquella conforme a la voluntad de los asociados y asociadas expresada en las respectivas asambleas».

Martín desgrana los motivos que adujo la parte demandante en su solicitud y de algunos apunta que al plantearse en términos hipotéticos no le sirven como prueba de los hechos en los que ha de basarse una decisión judicial para adoptar una medida cautelar.

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