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Fachada de las Oficinas Municipales de San Bartolomé de Tirajana en San Fernando de Maspalomas. C7

Una propietaria lleva 10 años para que San Bartolomé de Tirajana le abone una expropiación

Tiene una sentencia firme a su favor desde 2015 y ahora se entera de que el gobierno local habilita una partida que incluye a un hermano

Gaumet Florido

San Bartolomé de Tirajana

Miércoles, 23 de julio 2025, 02:00

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Una propietaria de suelo en El Tablero, en San Bartolomé de Tirajana, lleva 10 años para que el Ayuntamiento cumpla una sentencia a su favor y le abone la indemnización que le corresponde por la expropiación de una parcela que fue de su madre. La corporación municipal ocupó los terrenos de su propiedad a partir de un convenio suscrito en 1995 con otros dueños del suelo, pero no contó nunca con ella.

El último fallo, dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias el 23 de mayo de 2014, estimó parcialmente el contencioso que interpuso esta afectada. No accedió a su pretensión de que declarara la nulidad de aquel convenio de febrero de 1995, pero sí obligaba al Ayuntamiento a expropiarle los terrenos adquiridos por título hereditario y a la indemnización por ocupación temporal en una cantidad equivalente al 6% del valor del suelo que se llegue a fijar como justiprecio actualizado.

Esta sentencia cobró firmeza en junio de 2015 y desde entonces esta propietaria ha intentado por activa y por pasiva que se lleve a efecto. Llegó incluso a presentar un incidente de ejecución, como el que motivó el auto del TSJC del 18 de septiembre de 2023 en el que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo requirió una vez más al consistorio para que tramitase «con la mayor brevedad posible» el expediente expropiatorio.

La sorpresa de esta propietaria llegó cuando en el pleno de mayo pasado el consistorio aprobó una modificación de crédito para habilitar una partida de 349.471 euros y cumplir con aquella sentencia, pero incluyó entre los beneficiarios a un hermano suyo.

En junio pasado, la representación letrada de esta vecina advirtió al gobierno local de que aquella sentencia solo reconocía derechos «de forma exclusiva e individualizada» a su defendida y le recuerda que estableció como principio rector la individualización de los expedientes expropiatorios, por lo que ve improcedente que la administración local, en esta fase de ejecución de la sentencia, se arrogue la función de ampliar el círculo de beneficiarios más allá de lo que dice el fallo judicial.

Entiende que si su hermano, en virtud de un hipotético derecho propio y no como sucesor, considera que ostenta derechos expropiatorios e indemnizatorios no cubiertos por esta sentencia, debería seguir el mismo camino que se le indicó a esta propietaria: instar a la apertura de su propio expediente administrativo y, si fuera necesario, acudir a la vía judicial.

Así las cosas, reprocha al Ayuntamiento por invadir competencias judiciales y vulnerar el principio de seguridad jurídica y del derecho a la tutela judicial efectiva y le insta a corregir aquel expediente de modificación de crédito de mayo pasado, ordenar la exclusión del otro propietario, actualizar la valoración de la indemnización y calcular y abonar los intereses legales devengados.

El Ayuntamiento dice que indemnizará a los herederos, no a ella sol

Desde el gobierno local insisten en que se expropiará e indemnizará a todos los herederos y que la diferencia entre el otro afectado y la recurrente estriba en que él está de acuerdo con la cuantía y ella no. Así las cosas, la consignarán en el juzgado hasta que la Comisión de Valoraciones fije el justiprecio.

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