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Imagen de la sede del TSJ de Canarias. JUAN CARLOS ALONSO
El TSJC avala el despido de un mecánico que simulaba ventas para alcanzar los objetivos

El TSJC avala el despido de un mecánico que simulaba ventas para alcanzar los objetivos

tribunales ·

La empresa descubrió que el encargado del taller también hacía descuentos no autorizados, por lo que su despido disciplinario fue procedente

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 7 de febrero 2022, 01:00

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ratificó la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, que declaró procedente el despido del encargado de un taller, el cual fue pillado simulando la venta de kits de distribución para lograr una prima por objetivo de ventas y hacer descuentos no autorizados a clientes.

El Tribunal declaró procedente el despido por motivos disciplinarios llevado a cabo por la empresa El Paso 2000 contra el encargado de uno de sus talleres de reparación de vehículos, con antigüedad de 2001.

La sentencia de instancia estimó la demanda y declaró la procedencia del despido al dar por acreditados los hechos imputados al empleado, gracias en gran medida a una grabación que entregaron y que mantuvieron el actor y su jefe superior.

En la misma, se escuchaba cómo el encargado del taller reconocía «haber realizado las dos facturas de los kits efectivamente no vendidos, para alcanzar el objetivo y lucrar la prima», dice la sentencia. La cuantía de dicha recompensa fue de 720 euros -que finalmente no percibió ya que lo detectaron-, además de la posibilidad de optar a un viaje con cargo a la empresa El Paso 2000 por cumplir este objetivo.

En cuanto a los descuentos no autorizados, la empresa justificó su improcedencia en la prueba documental acreditativa presentada, que detallaba cual era la política de la empresa en este sentido. Tanto las facturas aportadas con tales descuentos como la prueba testifical, fue suficiente al juez de instancia para determinar la autoría del despedido de estos hechos. A modo de defensa, el empleado dijo que hacía los descuentos «porque la empresa ganaba mucho».

La evidencia de estas conductas, que la ponente de la sentencia Marina Mas Carrillo calificó de «grave quebranto de la confianza debida entre las partes», llevó a la Sala de lo Social a ratificar el fallo de instancia y declarar la procedencia del despido.

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