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Imagen de archivo de los encausados y sus respectivos abogados en el juicio por el crimen. Cober

Confirman la primera prisión permanente revisable en Las Palmas de Gran Canaria para el autor del asesinato de un hombre con discapacidad

El condenado retuvo a la víctima atada durante una semana con la ayuda de su pareja, que también ha sido sentenciada a 20 años de cárcel por homicidio y detención ilegal

CANARIAS7

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 31 de julio 2025, 14:24

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de prisión permanente revisable impuesta a un hombre que, con la colaboración de su pareja, asesinó a una persona con discapacidad psíquica en Las Palmas de Gran Canaria. Los hechos ocurrieron en septiembre de 2021, cuando la víctima fue retenida durante una semana en condiciones inhumanas, atada de pies y manos en una habitación de la vivienda del acusado. El objetivo era sustraerle la pensión. Finalmente, fue golpeado hasta la muerte.

Junto a esta condena, el autor ha sido sentenciado además a seis años de prisión por un delito de detención ilegal. Su pareja, por su parte, ha sido condenada a veinte años de prisión por un delito de homicidio, en comisión por omisión, y por el mismo delito de detención ilegal.

El Alto Tribunal ha rechazado los recursos de casación presentados por ambos condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que a su vez confirmó el fallo inicial dictado por un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

En su resolución, el Supremo subraya que la alevosía quedó plenamente acreditada. La víctima, además de estar inmovilizada por las ataduras, fue atacada de forma repentina y violenta, en un contexto de total indefensión. La brutalidad del ataque, descrita por la coacusada, se suma a su situación de discapacidad y a los lamentos escuchados durante días en el entorno, circunstancias que el tribunal considera suficientemente probadas.

El condenado alegaba que la víctima no podía ser considerada especialmente vulnerable, al no presentar limitaciones en su capacidad jurídica ni en su autonomía. Sin embargo, el Supremo rechaza este argumento y aclara que la vulnerabilidad no se determina exclusivamente por criterios legales o médicos, sino por las condiciones específicas del caso. En este sentido, considera que el estado en que se encontraba la víctima —aislada, inmovilizada y bajo control de sus agresores— sí justifica la aplicación de la prisión permanente revisable prevista en el artículo 140.1.1ª del Código Penal.

Respecto a la credibilidad de la coacusada, puesta en duda por el principal condenado, la Sala respalda el análisis del jurado. Señala que el tribunal popular valoró adecuadamente su posible interés personal en el relato, pero lo contrastó con otras pruebas independientes que confirman la autoría del acusado más allá de toda duda razonable.

También se desestiman los argumentos planteados por la mujer en su recurso, con el que pedía la absolución. El Supremo considera probado que hubo un acuerdo previo entre ambos para privar de libertad a la víctima, así como un reparto de funciones y una actuación coordinada. La mujer reconoció haber estado presente durante la agresión mortal, algo que también confirman los datos de geolocalización de su teléfono. Pese a encontrarse en el lugar y ser partícipe del encierro, no actuó para evitar la muerte ni pidió ayuda en ningún momento. De hecho, según la sentencia, se fue a trabajar con normalidad y no contactó con los servicios de emergencia hasta la noche siguiente al fallecimiento.

Por último, la Sala también descarta aplicar las atenuantes de confesión y reparación del daño solicitadas por la mujer. Argumenta que su relato no contribuyó de forma relevante al esclarecimiento de los hechos, ya que fue ofrecido para eludir su responsabilidad personal y ha sido desmentido por el jurado.

Con esta resolución, el Tribunal Supremo ratifica las penas impuestas y cierra definitivamente uno de los casos más estremecedores registrados en los últimos años en la capital grancanaria.

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