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La sede del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Juan Carlos Alonso

Levantaba pesas con una hernia y de baja laboral, pero el TSJC no compró su versión

Tribunales ·

Durante meses acudió al gimnasio y fue despedido tras ser vigilado por un detective ejecutando ejercicios incompatibles con la lesión que sufría

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 15 de julio 2025, 02:00

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador del Hotel Iberostar Sábila en Adeje (Tenerife), quien fue grabado realizando ejercicios intensos de musculación en un gimnasio mientras estaba de baja médica por una hernia discal. La Sala ha considerado acreditado que las actividades físicas eran incompatibles con la dolencia diagnosticada y contrarias a las indicaciones médicas.

El trabajador ejercía funciones como jefe de animación en el establecimiento hotelero desde enero de 2023 y estaba incluso adscrito al comité de empresa. Fue dado de baja médica por patología lumbar el 13 de septiembre de 2022, alegando una hernia discal posterolateral que requería un tratamiento conservador, basado en reposo, ejercicios suaves en aguas termales y estiramientos leves.

Sin embargo, según se recoge en la sentencia, durante marzo y abril de 2023, el trabajador fue observado y grabado por un detective privado contratado por la empresa mientras realizaba actividades físicas intensas en el gimnasio Aqua Club Termal de Adeje. En concreto, el 15 de marzo y el 3 de abril, se le vio levantando pesas de 17,5 kilos con ambos brazos y efectuando ejercicios de fuerza en posición de pie y sentado, sin mostrar limitaciones físicas aparentes, como debía ocurrir al estar aquejado de una enfermedad muy dolorosa.

La empresa procedió a despedirle el 19 de abril de 2023, esgrimiendo que tales conductas vulneraban su deber de diligencia y buena fe, ya que podían suponer un riesgo para su recuperación o bien evidenciar una recuperación completa no comunicada. Además, se argumentó que dichas acciones perjudicaban económicamente a la compañía, que estaba abonando un complemento salarial durante la baja médica, conforme al convenio colectivo del sector.

El trabajador alegó en su defensa que las actividades realizadas formaban parte de una terapia física recomendada por su médico, y que estas eran moderadas y esporádicas. En su descargo, argumentó que había sido aconsejado previamente a realizar ejercicio físico como vía de mejora. No obstante, la sentencia de instancia -confirmada en apelación- no dio validez a esa versión, al considerar que los ejercicios grabados no eran compatibles con el tratamiento prescrito para su dolencia. Es decir, las pesas que levantaba no eran ejercicios suaves en aguas termales y estiramientos leves como le había prescrito su médico.

La Sala de lo Social del TSJ de Canarias rechazó los argumentos del trabajador, tanto en su intento de revisión fáctica como en su impugnación jurídica. Consideró que no existía error en los hechos probados ni se había vulnerado ninguna norma de jurisprudencia vinculante. En consecuencia, declaró ajustado a derecho el despido por la comisión de una falta muy grave del Estatuto de los Trabajadores, por transgresión de la buena fe contractual.

El fallo ratifica de esta forma la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Santa Cruz de Tenerife, que en mayo de 2024 ya había considerado procedente la extinción del contrato.

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