La Justicia anula el cese de Carlos Saavedra como jefe de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria
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La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, pone fin a una prolongada batalla legalFrancisco José Fajardo y Javier Darriba
Las Palmas de Gran Canaria
Jueves, 12 de diciembre 2024, 13:42
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha declarado nulo el cese de Carlos Saavedra Brichis como jefe de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria. La sentencia, dictada el 11 de diciembre de 2024, estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de Saavedra -ejercida por el letrado Alberto Hawach- y condena al Ayuntamiento a abonar las costas procesales. Este fallo pone fin a un largo proceso judicial en el que el magistrado reprocha duramente la actuación del Consistorio.
Carlos Saavedra fue cesado en noviembre de 2019 por un decreto del alcalde Augusto Hidalgo que lo apartaba de su cargo como jefe de la Policía Local, posición que había asumido tras ganar un concurso público en 2018. Saavedra recurrió la decisión al considerar que la misma era ilegal, pero tanto en primera instancia (2020) como en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (2021), sus recursos fueron desestimados.
En julio de 2024, el Tribunal Supremo anuló las sentencias previas, ordenando al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 que valorara las pruebas aportadas por el recurrente. Ahora, tras la revisión ordenada, el juzgado ha emitido un fallo favorable a Saavedra, declarando que el cese es «nulo de pleno derecho» por no estar fundamentado en pruebas objetivas.
El magistrado Ángel Teba García critica duramente la actuación del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, acusándolo de carecer de pruebas que justifiquen el cese. Según el fallo, la decisión administrativa se sustentó únicamente en un informe del concejal de Seguridad, quien no tenía competencias para emitirlo. Este informe no estuvo acompañado de ningún elemento objetivo, como declaraciones testificales, informes internos o documentación probatoria.
La autoridad judicial subraya que esta falta de pruebas refleja una «radical orfandad probatoria» en la actuación municipal, lo que derivó en un intento del Ayuntamiento de subsanar estas carencias durante el juicio mediante la introducción de nuevas pruebas en el acto de vista, una práctica que el juez considera inadmisible.
El fallo resalta que esta falta de rigor vulnera los derechos fundamentales del recurrente y afirma que la carga probatoria de justificar el cese recaía sobre el Ayuntamiento, algo que no cumplió en el expediente administrativo.
La sentencia también dedica espacio a defender la trayectoria profesional de Carlos Saavedra Brichis. El magistrado destaca que no hay «mácula alguna» en el «buen nombre, fama o prestigio profesional» de Saavedra, asegurando que su reputación no puede verse perjudicada por los motivos esgrimidos en la resolución impugnada. Además, califica como «irreprochables» los documentos aportados por Saavedra durante el proceso, que demostraron la falsedad de las acusaciones utilizadas para justificar su cese.
El juzgado ha declarado nulo el cese de Saavedra, restableciendo su legitimidad como jefe de la Policía Local de la capital grancanaria y condenando al Ayuntamiento al pago de las costas judiciales. La sentencia concede un plazo de quince días para que las partes puedan interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
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