Fincas Unidas, La Isleta y Schamann se abren a convertir locales en viviendas
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria estudia cambiar el Plan General para poder dar uso residencial en los bajos de edificios
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria está en fase de revisión del Plan General de Ordenación. Entre los aspectos que está valorando está la ampliación de la posibilidad, ya reconocida en algunas zonas, de albergar viviendas en planta baja. Hasta ahora se permitía en zonas muy densamente pobladas, en las que la necesidad de implantar oficinas o pequeños comercios no era necesaria. Pero el Consistorio quiere extender esta posibilidad zonas como Fincas Unidas, Schamann (entre Pío Coronado, Pedro Infinito y Jacinta) y en dos zonas de La Isleta: por un lado, las calles Anzofé, Veneguera, Palmital y Prudencio Morales; y, por otra parte, entre Coronel Rocha y Don Quijote de La Mancha.
Esta contingencia urbanística está recogida en el informe realizado por los técnicos de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, en el que se basó el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran canaria para decidir la no aplicación de cuatro artículos del Decreto Ley de medidas urgentes en materia de vivienda del Gobierno de Canarias.
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Pese a que se está estudiando este permiso, los técnicos municipales consideran que no se debe generalizar la transformación de locales comerciales y oficinas en viviendas. «Los locales comerciales forman parte de la red de espacios de relación que, junto con los espacios públicos de estancia, promueven la socialización, integración y convivencia intergeneracional de las personas», aseguran los redactores del informe, quienes advierten de que esta medida, contemplada en al artículo 13 de la norma autonómica, podría provocar un encarecimiento de los locales u oficinas en las zonas más tensionadas y aumento de las viviendas de renta libre, sin ningún tipo de protección.
«Derivado de lo anterior, la consecuencia a medio plazo sería un desplazamiento de las actividades minoristas», prosiguen, «así como una creciente conflictividad derivada de la convivencia de usos terciarios y residenciales».
Las razones técnicas, artículo a artículo
El informe, que servirá para que el próximo Pleno acuerde la suspensión de los cuatro artículos autonómicos, analiza, punto por punto, los artículos que propone congelar. Así, tras el 13, se centra en los efectos de la norma que faculta la transformación de edificios con uso terciario (hoteles, oficinas...) a residenciales, con independencia de la clase de suelo en la que se ubiquen.
«Este servicio valora positivamente la existencia en la trama urbana de edificaciones cuyo destino sea distinto del habitacional, por lo que de generación de actividad económica representa, así como de servicio a los residentes», argumentan, «dichas actividades son inherentes al buen funcionamiento de la ciudad, por lo que finalmente sería necesario acogerlos en otros ámbitos». Como consecuencia de ello, se produciría lo que consideran una «indeseable zonificación por usos» que acabaría por afectar al tráfico y por dificultar el modelo de ciudad de los 15 minutos.
En el análisis que se hace del artículo que permite aumentar la altura de los edificios residenciales hasta alcanzar las cotas de las edificaciones colindantes, se advierte también del aumento de la congestión de tráfico que puede traer el aumento de la presión demográfica. «Hay que tener en cuenta también al respecto la existencia generalizada de una inadecuada sección viaria en el municipio, desproporcionadamente pequeña para las edificaciones a las que ha de dar servicio, situación que se vería agravada con el aumento de altura derivado de esta medida», indican los redactores del informe.
Y eso por no citar el empeoramiento de las condiciones de soleo y ventilación de las viviendas situadas en plantas más bajas, la puesta en riesgo de la protección de los inmuebles del catálogo municipal derivada de los crecimientos en altura o «la pérdida de la participación de la sociedad en el aumento de plusvalías».
Respecto al contenido del artículo 16, que permite la división de viviendas existentes en suelo urbano, tanto en edificaciones unifamiliares como colectivas, el documento asegura que esta medida no está prohibida por el planeamiento, salvo en determinadas zonas en las que se limita el tamaño de las parcelas edificables a 250 metros cuadrados; en los barrios en los que se apuesta por la vivienda unifamiliar; o en las zonas con singularidades, aprovechamiento agotado o de ordenación directa por parte del Plan General de Ordenación.
Sí se estudia eliminar esta limitación en zonas de aprovechamiento agotado, en las áreas de vivienda colectiva que conforman manzanas y en lo que se conoce como Nueva Ciudad Alta, que incluye los barrios de Tamaraceite, Siete Palmas y Almatriche.