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El TSJC rechaza la suspensión cautelar de la obra de la MetroGuagua

El TSJC rechaza la suspensión cautelar de la obra de la MetroGuagua

El Alto Tribunal entiende que la paralización causaría una situación «caótica» en la ciudad baja

Jueves, 16 de julio 2020, 17:29

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha vuelto a desestimar, por segunda vez, la petición de suspensión cautelar de las obras de la MetroGuagua hecha por la asociación de vecinos Defensa de Ciudad Jardín. Así las cosas, la instalación del sistema de transporte rápido que impulsa el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria entre La Isleta y Hoya de La Plata prosigue con el respaldo judicial hasta que el juzgado se pronuncie sobre el fondo del asunto.

«Será precisamente en el proceso principal donde deban ventilarse cuestiones tan relevantes como la legitimación de la asociación de vecinos en relación actos que aparentemente son propios de la contratación administrativa, lo que significa que ese reconocimiento de su condición de entidad legitimada para pedir la suspensión de la ejecución de todas las obras relativas a la MetroGuagua tendrá que abordar el examen de posible incidencia de la legislación urbanística y medioambiental por la obra pública, y lo mismo ocurre con el examen del principal motivo de solicitud de la tutela cautelar, que va unido a lo que la asociación de vecinos califica como troceamiento del proyecto con amparo en la legislación de contratos para eludir la legislación urbanística y medioambiental», recogen los magistrados de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Pese a ello, el Alto Tribunal se muestra contundente respecto a los posibles efectos adversos que pudiera tener la paralización, aunque fuese de modo cautelar, de las obras. «La suspensión (...) supondría (...) el abandono temporal de los trabajos, que no solo repercutiría en los derechos de las empresas contratistas sino en los riesgos de conservación de las obras y en los derechos de todos los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, que verían cómo todas las obras de la parte baja de la ciudad quedarían paralizadas en el estado actual, en una situación que nos aventuramos a asegurar que podría llegar a ser caótica».

El TSJC también desecha el argumento de que el sistema de transportes no se vería afectado porque el servicio lo sigue prestando Guaguas. «No corresponde a un tribunal de justicia el control de la decisión política (...) sino el control de su conformidad a la legislación (...), sin que dicho control pueda llegar a los elementos más intensamente políticos de la (...) opción por un determinado modelo de transporte público, que, en un sistema democrático, deberán valorar los ciudadanos y no los tribunales». Además, la escasa información en la que basa la asociación de vecinos su petición de suspensión cautelar es un argumento utilizado por los magistrados para desestimar la suspensión. «Esa falta de información -que se achaca a la falta de transparencia municipal- podrá ser paliada en el curso del proceso», determinan.

Contra este fallo se puede recurrir en un plazo de 30 días.

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