Los dueños de la casa de Las Canteras reclaman rigurosidad a Patrimonio y que deje la rumorología
El alcalde recuerda que Patrimonio nunca solicitó incluir el inmueble en el catálogo de protección
Fuentes cercanas a la propiedad de la casa de Las Canteras, conocida como la del doctor Apolinario, cuya demolición fue suspendida de modo cautelar por parte del Cabildo de Gran Canaria a instancias de Patrimonio del Gobierno autonómico, reclamaron ayer celeridad y rigor en la elaboración de los informes que determinarán el futuro del inmueble.
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Los dueños del inmueble pidieron a las administraciones públicas competentes en materia de patrimonio histórico que aborden «cuanto antes y con el máximo rigor, un trabajo de investigación científica exhaustivo y serio al respecto, apoyándose exclusivamente en datos e información debidamente contrastada, obtenida de fuentes fiables y adecuadas, como sin duda es el Archivo Histórico Provincial de Las Palmas, que por lo que se infiere de las manifestaciones del viceconsejero de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias, Juan Márquez, sigue sin ser consultado a día de hoy».
«Resulta increíble que tras dos semanas de la paralización de las obras, acordada impulsivamente y en base únicamente a la rumorología infundada de las redes sociales, los técnicos y responsables políticos de la Administración sigan refiriéndose al inmueble como la casa del médico, cuando un mínimo estudio de los expedientes que obran en el Archivo Histórico demuestra que la vivienda del doctor Apolinario estuvo en la esquina de la calle Padre Cueto con Paseo de Las Canteras, y hace años que fue demolida».
Pese a que Márquez indicó que existen «valores a preservar», los propietarios insisten en que esta afirmación carece de fundamento. «El inmueble en cuestión no conserva ningún valor arquitectónico ni histórico, puesto que ni fue promovido por el doctor Apolinario, sino por don Juan Marrero Aguiar; ni inicialmente era una vivienda, sino un molino; ni es obra del arquitecto Laureano Arroyo, sino de Fernando Navarro; ni conservando ninguna de las características originales básicas del edificio, puesto que en 1972 se modificó sustancialmente tanto su fachada como su distribución interior; ni ha tenido jamás ninguna relación funcional con la Clínica de San José», exponen fuentes próximas a la propiedad, «carece de fundamento seguir sosteniendo a día de hoy que nos encontramos ante una muestra de arquitectura culta, tradicional, urbana de autor, fechada en los inicios de siglo que lleva la firma de Laureano Arroyo y Velasco».
«Tanto el interior como la fachada del edificio en cuestión, pese a su regusto de arquitectura tradicional, no deja de ser de factura reciente y por consiguiente anacrónica y de poca relevancia arquitectónica, histórica o cultural», como concluye el estudio arquitectónico realizado a instancias de la propiedad con base exclusiva en la documentación histórica que se conserva del inmueble.
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La opinión del alcalde
El alcalde de Las Palmas de Gran Canaria, Augusto Hidalgo, considera que los técnicos de Patrimonio Histórico tienen que determinar la importancia del edificio, si bien recordó que «es una casa de hace cincuenta años y el balcón se reformó hace muy poquito, hace unos años».
«Nosotros tenemos un catálogo de protección, que es supervisado por Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria, y aquí se determinan los edificios que hay que proteger, y no se hizo con este edificio», prosiguió el regidor de la capital grancanaria.
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«¿Debía de haber sido introducido en el catálogo con anterioridad?», se preguntó Augusto Hidalgo, «nosotros cada vez que pasamos el catálogo no se advirtió de esta realidad».
Cree que «difícilmente» puede tener encaje como un Bien de Interés Cultural.
Hidalgo: «Tendrá consecuencias indemnizatorias»
El alcalde de Las Palmas de Gran Canaria, Augusto Hidalgo, dijo que «es verdad que el Gobierno y el Cabildo tienen la potestad de actuar si consideran que hay una parte patrimonial en peligro, aunque no esté protegida. Es más, pueden declarar un Bien de Interés Cultural aunque no lo fuera, con carácter retroactivo, esto lo pueden hacer porque la ley lo permite, pero eso tendrá consecuencias indemnizatorias por parte de los propietario que han hecho una inversión».
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