Borrar
El empresario Miguel Ángel Ramírez. C7

La Audiencia Provincial da vía libre a que Ramírez sea juzgado por el fraude de SIC

Tribunales ·

Desestima el recurso presentado por el empresario acusado por delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 11 de marzo 2021, 00:00

Comenta

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de las Palmas desestimó el recurso de apelación interpuesto por la representación legal del empresario Miguel Ángel Ramírez contra el auto del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria que acordó la apertura del procedimiento abreviado por la presunta comisión de delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

La resolución, que tuvo como ponente a la magistrada Oscarina Naranjo García en una sala compuesta también por el presidente Emilio Moya y Carlos Vielba, desestima los motivos que planteó el empresario pidiendo, en líneas generales, la nulidad del procedimiento. Por este motivo, tanto Miguel Ángel Ramírez como el otro investigado Héctor de Armas, serán juzgados por haber defraudado -presuntamente- hasta 37 millones de euros al erario público entre los años 2010 y 2013, todo ello por abonar como dietas las horas extraordinarias trabajadas por sus empleados de Seguridad Integral Canaria. La Seguridad Social cifró en 13,74 millones de euros el quebranto que le ocasionó esa práctica, mientras que la Agencia Tributaria calculó en 6,57 millones el dinero que se le dejó de abonar.

Entrando en detalles, la apelación formulada por el letrado José Antonio Choclán solicitaba la nulidad del auto por falta de motivación suficiente y la prescripción de los delitos contra la Hacienda Pública relativos a los ejercicios 2010 y 2011, por no haberse dirigido el procedimiento contra los culpables. También pedía la nulidad del auto por inexistencia de indicios de responsabilidad criminal y por ende inexistencia de delito; y por carecer de atribución subjetiva de los hechos puesto que el recurrente había dejado de ostentar la posición de administrador en el año 2011 sin que se haya acreditado su condición de administrador de hecho a los efectos de una eventual atribución de responsabilidad criminal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal.

Ahora, la Sección Sexta se pronuncia de forma desfavorable sobre las peticiones de prescripción de los delitos, aunque podrían plantearlas de nuevo en la fase de cuestiones previas de la vista oral. «Resulta evidente que el plazo de prescripción quedó interrumpido con la citación para la toma de declaración y con la práctica de la misma. No podemos considerar bajo ningún prisma que la atribución de estos hechos al sujeto no se hubiera realizado», reza la resolución sobre una de las cuestiones de prescripción argumentadas por la defensa.

También detalla que el cambio de Héctor de Armas como administrador único de Seguridad Integral Canaria argumentado por Ramírez para liberarse de una posible responsabilidad penal en cuanto a su gestión al frente de esta mercantil, fue meramente formal, por lo que el también presidente de la UD Las Palmas puede ser juzgado como administrador de hecho. «El administrador de derecho a partir de ese momento, investigado también recurrente Héctor de Armas, ha reconocido que el Sr. Ramírez continuó llevando la gestión de la entidad al menos en sus aspectos más relevantes», destaca el auto a este respecto, añadiendo que «los hechos objeto de este procedimiento deben atribuirse también a Miguel Ángel Ramírez y el auto de procedimiento abreviado deberá incluirlo en su dimensión subjetiva, no sólo porque los indicios arrojan su participación en los hechos, sino además porque la defensa no ha aportado indicio alguna para excluir su participación, resultando además indiciario, a la vista del acaecer de los hechos, el cambio formal de administrador efectuado».

21 años y seis meses

Hay que recordar que en este procedimiento, la Fiscalía Provincial de Las Palmas elevó un escrito de acusación contra Ramírez y De Armas en el que pidió 21 años y seis meses de prisión para el primero y 14 para el segundo por delitos contra la Seguridad Social y la Hacienda Pública. Además, pidió multas que ascienden a 105,4 millones de euros para Ramírez y 79,3 en el caso de De Armas por dichos delitos, cometidos supuestamente desde el año 2009 hasta 2017. En concepto de responsabilidad civil, la fiscal Evangelina Ríos, entendió que deben abonar sumas que ascienden a más de 36 millones a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Recurso de reforma por la fianza

En este caso, aún resta que el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria resuelva el recurso de reforma planteado por Ramírez sobre el auto que rechazaba como fianza las acciones de la Unión Deportiva que presentó para garantizar las posibles responsabilidades pecuniarias.

El magistrado Díaz Tejera fijó esta fianza en 50 millones de euros y para satisfacerla, Ramírez ofreció las 15.898 acciones que representarían el 63% del capital social de la UD y que son propiedad de una tercera empresa de la que, a su vez, él es accionista único y que se llama Sport Trade Capital.

Este trámite que está pendiente de la decisión del Juzgado de Instrucción número 8 y que podría ser nuevamente recurrido, no interrumpe de ninguna manera el envío del procedimiento a la Audiencia Provincial de Las Palmas para que sea repartido y señalado.

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 La Audiencia Provincial da vía libre a que Ramírez sea juzgado por el fraude de SIC

La Audiencia Provincial da vía libre a que Ramírez sea juzgado por el fraude de SIC