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Miguel Ramos, a la salida del juzgado. Arcadio Suárez

La Audiencia dice que hay indicios para procesar a Miguel Ramos por homicidio

Tribunales ·

Desestima el recurso interpuesto por su defensa y el caso seguirá tramitándose por los trámites del Tribunal del Jurado

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Miércoles, 29 de mayo 2024, 02:00

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa de Miguel Ramos, el único sospechoso de haber dado muerte a Juani Ramos, vecina del barrio de La Paterna, el 20 de agosto de 2016, al considerar que existen «indicios racionales de criminalidad» en el proceder del investigado.

En este escenario, la Sala ha decidido que el procedimiento se siga llevando a cabo por los trámites del Tribunal del Jurado por la presunta comisión de un delito de asesinato u homicidio, como así decidió en su momento la magistrada instructora titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer, María Auxiliadora Díaz.

Hay que recordar que la letrada del investigado, María Teresa Macías, había recurrido tanto en reforma como en apelación el auto el que se acordaba incoar procedimiento del Tribunal del Jurado por asesinato, alegando que no existían pruebas contra Miguel Ramos Quesada.

En este escenario, la Audiencia Provincial desestimó la queja en un auto que tuvo como ponente al magistrado José Luis Goizueta Adame. La resolución destaca que «de lo actuado se infiere la concurrencia de los imprescindibles indicios racionales de criminalidad en cantidad suficiente para considerar que pudiera haber existido un delito homicidio o asesinato en la persona Juana Ramos Medina». Todo ello, añade, aún cuando «nos encontramos al inicio del procedimiento, en su incoación» y por lo tanto, el mismo «habrá de continuar sin perjuicio de la resolución final que pueda adoptarse», no pudiendo en cualquier caso «pretender el apelante que nos pronunciemos sobre el fondo del asunto», sostuvo el auto.

La Sala detalla que la parte apelante «discrepa» de la calificación «que realiza la jueza de instrucción», pues entiende que «no existen indicios sólidos de la comisión del delito imputado», pero sin embargo -añade- «las acusaciones sí describen dichos indicios tenidos en cuenta para considerar la posible comisión del referido delito». Unos indicios que la Sala «comparte plenamente y que se fundamentan en las diligencias de investigación practicadas en las actuaciones». «Nos encontramos, en definitiva, ante una resolución que en absoluto prejuzga el fondo del asunto ni la resolución final, sino que acomoda el procedimiento a los trámites adecuados para el delito, que en principio, se considera supuestamente cometido por el apelante», finaliza.

De esta forma, el procedimiento afronta su recta final y lo hace orientado en una sola dirección que es la posible celebración de un juicio ante un jurado popular contra Miguel Ramos Quesada.

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