Katanga achaca a la administración el freno al desarrollo de Medio Almud y Los Frailes
El promotor turístico advierte a Costas con los tribunales por el nuevo deslinde que tramita para un tramo de 4.945 metros en el litoral de Mogán
Katanga Inversiones, promotor turístico con suelo y proyectos pendientes de desarrollo en la costa de Mogán, achaca a la administración pública el freno y el retraso en la ejecución de los complejos que estaban previstos en Medio Almud y Los Frailes, con planes urbanísticos aprobados y obras de urbanización ya iniciadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988.
Alberto Riera, administrador único de esta empresa, anuncia en declaraciones a este periódico que este será uno de los argumentos centrales en torno a los que girarán las alegaciones que presentará al proyecto de deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre que está tramitando el Ministerio para la Transición Ecológica para el tramo de costa de 4.945 metros comprendido entre la Punta de la Mesa de Tauro y el acantilado de Taurito, en Mogán.
El expediente, ahora en trámite de audiencia pública, establece una anchura de servidumbre de protección de 100 metros en todo ese litoral a excepción de la playa de Taurito y los tramos de costa inmediatamente anterior y posterior, en los que fija esa anchura en 20 metros, por lo que disminuye de forma significativa los aprovechamientos urbanísticos del suelo en desarrollo y que, como aclara Katanga, «se encuentran ya consolidados», según han dejado claro varias resoluciones judiciales.
Costas, dependiente de ese ministerio, justifica la modificación del deslinde en esos casi cinco kilómetros por el incumplimiento por parte de los promotores del Plan de Ordenación Territorial y Urbana del Centro de Interés Turístico Nacional Costa Tauritos, un documento aprobado definitivamente en diciembre de 1985 que obligaba a su desarrollo completo en un plan de etapas de 15 años. Sin embargo, aclara Katanga, ese incumplimiento ha sido precisamente achacable a la administración y no a la iniciativa privada.
Riera recuerda, de hecho, que este asunto ha sido ya enjuiciado y que existe una sentencia firme de 2010 contra la Orden de 31/03/2009, otro intento anterior de Costas de modificar este deslinde.
Suelos clasificados como urbanizables
Según el representante de Katanga, en aquella resolución se deja acreditado que los terrenos propiedad de las entidades mercantiles recurrentes se encontraban clasificados como suelo urbanizable con instrumento de desarrollo urbanístico -plan parcial - aprobado definitivamente a la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988, «por lo que no puede fijarse una anchura de la servidumbre de protección de 100 metros, sino de 20 metros».
Insiste Riera en que «el supuesto incumplimiento» del plan de etapas en la culminación del desarrollo urbanístico en el ámbito afectado por el deslinde propuesto ha sido provocado por causas imputables a la administración. Es más, recalca que el promotor no ha decaído en su continuo empeño forma de llevar a cabo el desarrollo de esos suelos. Como prueba de todo ello alude a las diferentes iniciativas presentadas en el Ayuntamiento de Mogán y en el Gobierno de Canarias a través de las distintas vías que están previstas en la legislación autonómica del suelo.
«Ha de tenerse en cuenta además que ya existe un informe de 30 de junio de 1998 por parte de la Dirección General de Costas en el que se reconoce el establecimiento de la servidumbre que trae causa dentro del respeto a los aprovechamientos urbanísticos de los titulares afectados, de conformidad a la Disposición Transitoria Octava del Decreto 1471/1989, por lo que carece de justificación y causa indefensión a los titulares de los suelos, que el deslinde que ahora se tramite omita tal extremo», subraya.
Katanga advierte con solicitar una indemnización
Para Katanga, esta omisión, según la doctrina jurisprudencial del Alto Tribunal, provoca que los propietarios de los suelos afectados queden en una «cómoda posición» a los efectos de solicitar la correspondiente indemnización por responsabilidad de la Administración Pública, dado que entiende que ha sido esta la causante de «una serie de daños económicos derivados de la disminución del aprovechamiento urbanístico adquirido por el cumplimiento de los deberes urbanísticos de acuerdo a la legislación vigente y con carácter previo a la entrada en vigor de legislación sectorial de costas.
Además, recuerda que esta modificación del deslinde afecta a la tasación de las propiedades de los titulares de los suelos en la medida en que, al limitar la propiedad, también reduce su posible valoración económica.
«Hace inviable la promoción urbanística«
Riera señala que en ese intento constante de los promotores por desarrollar estos suelos, han recurrido a varias alternativas, desde concentrar los aprovechamientos urbanísticos en la parte más cercana a la costa, liberando, por tanto, el suelo que merece ser protegido por mor de sus valores ambientales, o bien disminuyendo el número de plazas alojativas en aras a promover una urbanización turística sostenible y acorde a las nuevas exigencias ambientales. Nada de eso, dice, ha sido posible hasta ahora.
Después de muchos años intentando promover este suelo, a Katanga le resulta sorprendente que la Dirección General de Costas «obvie con total desprecio los antecedentes urbanísticos y los constantes intentos – con las renuncias que ello conlleva – de viabilizar la culminación del proyecto«, minorando los aprovechamientos urbanísticos de este suelo «hasta el punto de hacer inviable la promoción urbanística« que por fin se está instrumentalizando a través de la Modificación Sustancial Parcial de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Mogán y del propio Plan General de Ordenación del municipio.
Por todo ello, y ante la necesidad de defender sus intereses, los propietarios de los suelos afectados anuncian que llevarán a cabo las alegaciones que sean pertinentes, tanto en vía administrativa como en sede judicial.
Mogán alude al PIO de 1995 como un causante del bloqueo
El informe técnico con el que el Ayuntamiento de Mogán hará llegar sus alegaciones al expediente del proyecto de deslinde marítimo-terrestre que tramita Costas atribuye concretamente al Plan Insular de Ordenación (PIO) que aprobó el Cabildo en 1995 parte de la responsabilidad del bloqueo y los atrasos que ha sufrido y sufre el desarrollo previsto en Medio Almud y Los Frailes. En una y otra solo llegaron a ejecutarse obras de urbanización y están en ambos casos sin acabar.
El dictamen municipal recuerda que tras la revisión en 1985 del plan de Costa Taurito, que es el que Costas alega que ha sido incumplido y que fijaba un plan de etapas, se aprobaron en 1986 y en 1988 los proyectos de urbanización de al menos cuatro etapas de este tramo del litoral moganero. Aquel avance administrativo permitió, de hecho, el comienzo de las obras, como trata de probar el Ayuntamiento con imágenes de 1989 o 1992 de aquellas playas.
Medidas cautelares impuestas por el Cabildo
Sin embargo, subraya, fueron las medidas cautelares impuestas por el Cabildo que implicaban la suspensión de licencias y del propio planeamiento a raíz de la tramitación y aprobación del Plan Insular de Ordenación de 1995 las que «imposibilitaron la ejecución completa de los proyectos de urbanización».
Entre otras cosas, apunta el informe, el PIO desclasificaba los sectores Taurito II y Costa Taurito a suelo rústico de protección y lo justificaba aludiendo al incumplimiento del plan de etapas. A partir de ahí se entró en una deriva de procesos judiciales y cambios normativos que han retrasado las obras.
Estos antecedentes llevan a Mogán a subrayar que el hecho de que el suelo no esté edificado ni totalmente urbanizado «no es por causa imputable a sus propietarios».