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En verde las zonas previstas para el desarrollo de la eólica marina en el litoral de Gran Canaria. C7
El Estado borra la zona para eólica marina más próxima al sur de Gran Canaria

El Estado borra la zona para eólica marina más próxima al sur de Gran Canaria

La declaración ambiental de los planes para ordenar el espacio marítimo elimina ese polígono por la interacción con el turismo

Jesús Quesada

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 20 de diciembre 2022, 23:18

La declaración ambiental estratégica de los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM) que tramita el Ministerio para la Transición Ecológica ha eliminado la zona CAN-GC1, al sur de Gran Canaria, uno de los tres polígonos que proponía el borrador del POEM de Canarias para el desarrollo de la eólica marina en el litoral insular.

La resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación del Ministerio, referida al conjunto de las demarcaciones marinas españolas, decide eliminar el mayor de los tres polígonos marinos que el POEM del archipiélago proponía, con una superficie conjunta de 388 kilómetros cuadrados, para el desarrollo de la eólica en la costa grancanaria «por la interacción con el medio ambiente y el turismo».

La decisión encaja con las alegaciones presentadas al documento por el Cabildo, contrario a la instalación de aerogeneradores en esas aguas porque CAN-GC1 estaba a menos de tres kilómetros de la costa y en paralelo a la mayor área de playas de San Bartolomé de Tirajana, frente a espacios como las Dunas de Maspalomas y las playas de San Agustín y El Inglés.

Colocar allí los parques eólicos «traería como consecuencia una transformación del frente marítimo y costero perceptible desde la zona turística, con una alta incidencia visual y paisajística, tanto diurna como nocturna», alegaba el Cabildo en contra de la reserva por el POEM de esas aguas del Sur para la implantación de aerogeneradores.

Algunos de los proyectos de parques eólicos marinos que se apelotonan en aguas del sureste. C7

«Tal alteración del paisaje costero pudiera traer consecuencias imprevisibles frente al turismo», exponía también sus alegaciones al borrador, que exigían limitar la implantación de parques eólicos marinos «a las zonas no visibles desde la zona turística litoral del Sur, y en especial desde las playas más transitadas turísticamente».

Solo Zonas de Alto Potencial

La declaración ambiental estratégica de los POEM no solo reduce la propuesta inicial de zonas para el desarrollo de la eólica marina, tanto en el archipiélago como en la demarcación marítima Noratlántica, la Levantino-Balear y la del Estrecho y Alborán, sino que también elimina la categoría de uso prioritario para la implantación de aerogeneradores y hace que todas las áreas identificadas para la instalación de molinos en el mar pasen ahora a ser zonas de alto potencial para el desarrollo de la eólica marina (ZAPER).

En el caso de Gran Canaria esta medida supone convertir en una única ZAPER los otros dos polígonos marinos que el borrador del POEM dibujaba en el litoral insular, localizados entre Jinámar y Pozo Izquierdo, aproximadamente, los denominados CAN GC2 y CAN GC-3.

Prototipo de aerogeneradores flotantes previstos en el proyecto San Borondón que promueve Iberdrola. C7

El primero de ambos es el más próximo a la orilla y se sitúa a la altura de Arinaga, mientras que el segundo lo rodea por el lado mar y se prolonga por el norte hasta la costa de Telde.

Entre Gando y Pozo Izquierdo

Esta decisión también da parcialmente la razón a las alegaciones del Cabildo, aunque ignora su recomendación de situar los aerogeneradores a un mínimo de ocho kilómetros de la orilla, así como la de limitar su instalación a las «dimensiones estrictamente necesarias» en la zona de mayor potencial del Sureste, entre Gando y Pozo Izquierdo.

Ademas, su propuesta demanda una implantación ordenada y progresiva, habilitando primero una zona preferente para instalar entre 200 y 250 megavatios (MW) de potencia en 2030 y otra zona de reserva con capacidad para incrementar la potencia entre 900 y 1.000 MW en 2040.

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