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Vista de los terrenos de El Veril en los que estaba previsto que se construyera el Siam Park. JUAN CARLOS ALONSO
San Bartolomé dice que la concesión de El Veril para Siam Park ya garantizaba el agua

San Bartolomé dice que la concesión de El Veril para Siam Park ya garantizaba el agua

El Ayuntamiento inicia los trámites para recurrir ante el Tribunal Supremo la anulación por el TSJC del PMM que amparaba al parque acuático

Gaumet Florido

San Bartolomé

Domingo, 14 de marzo 2021, 00:00

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El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ya ha presentado el escrito preparatorio para la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para oponerse al motivo que esgrimió el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en sentencia dictada el pasado 16 de diciembre de 2020, para anular el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad (PMM) de El Veril, en Playa del Inglés. Este instrumento normativo daba cobertura en el planeamiento urbanístico del municipio sureño a la construcción de un gran parque acuático promovido por Loro Parque SA, un complejo similar al Siam Park de Tenerife, más un hotel, restaurante y cafeterías.

El TSJC fundamentó su decisión en el hecho de que el informe del Consejo Insular de Aguas que aparece en el expediente del PMM es insuficiente y no se pronuncia de forma expresa sobre la existencia y disponibilidad actual de recursos hídricos, tal y como, sostenía la sala canaria, viene recogido y se exige en el articulado del Texto Refundido la Ley de Aguas estatal. Entendía que no bastaba con que el organismo dependiente del Cabildo se remitiese a la previa concesión administrativa que autorizaba la instalación en parte del barranco de un parque acuático. Además, subrayaba que ese informe no puede ser evacuado por ninguna otra entidad pública o privada, por lo que no admitió la justificación que dio el Gobierno canario para suplir lo que el TSJC considera una omisión.

Sin embargo, el recurso del consistorio sureño sostiene que la interpretación que el TSJC hace del artículo «es errónea» e insiste en que el informe en cuestión remite a la previa concesión administrativa otorgada por el Consejo Insular de Aguas porque en aquel trámite se valoraron «todos los requisitos, incluidos la suficiencia y disponibilidad de recursos hídricos» para autorizar esa concesión. Los letrados municipales apuntan que si bien la jurisprudencia exige que en ese informe ha de constar la suficiencia y la disponibilidad de los recursos hídricos en el momento de la aprobación del plan y señala que no se puede supeditar o aprobar condicionada a una posterior concesión, la diferencia en este caso radica en que la concesión fue anterior, no posterior. «Previamente a la aprobación del plan se concedió la concesión administrativa para la construcción del parque acuático, donde se valoraron todos los requisitos, incluidos los hídricos, para autorizar esa concesión». En ese sentido, apuntan en el recurso, en el PMM consta acreditada la existencia de esos recursos en la medida en que a través de ese informe se deriva y se remite a esa concesión.

El consistorio sureño sostiene que el TSJC hizo una interpretación «errónea» del articulado de la Ley de Aguas estatal

Para abundar en este mismo argumentario, el recurso municipal incide en que en la memoria del PMM, bajo el título de Red de Abastecimiento de Agua, se recoge la información «sobre la capacidad de producción de las plantas desaladoras de agua de mar de las que se abastece la zona turística o la zona baja del municipio», y bajo el título de Red de Abastecimiento, «se describen las infraestructuras del servicio urbano según la propuesta de ordenación pormenorizada del propio PMM, donde se señala que dispondrá de una red mallada, con alguna formación ramificada, independientemente de la red de riego y que se conectará a la red existente».

El recurso se fundamenta en que existiendo en el PMM un informe del Consejo Insular de Aguas, amén de la propia concesión administrativa otorgada por este organismo para la ocupación del dominio público por el parque acuático Siam Park, se cumple con el requisito exigido tanto por la Ley de Aguas como por la Ley del Suelo, donde se establece que en la fase de consultas deberían recabarse, entre otros informes, el que acredite la existencia de recursos hídricos, eso sí, aclara textualmente, «cuando sean preceptivos y no hubieran sido ya emitidos e incorporados al expediente», como es el caso.

Así las cosas, el recurso ve conveniente un pronunciamiento del Tribunal Supremo por la necesidad de que fije doctrina para que aclare si un informe como el que emitió el Consejo Insular de Aguas cumple con la finalidad y el espíritu de la ley y es suficiente para entender que existe la disponibilidad jurídica y material de los recursos hídricos.

Por lo pronto, el edil de Urbanismo, Alejandro Marichal, confía en que se admita a trámite el recurso y que se estimen las pretensiones que defiende la asesoría jurídica municipal. Por otro lado, el también líder local de CC avanza que lidian además en otro frente. «Estamos trabajando a destajo para, de la mano del promotor, resolver el requerimiento por el que el Ministerio de Hacienda reclama los aprovechamientos urbanísticos».

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