El auto del TSJC, que se produce un día antes de la entrega del premio Turismo del Gobierno de Canarias al hotel por su labor por la excelencia turística, tiene en cuenta que las obras autorizadas, «en concreto las que afecta a la zona de apartamentos, no se limitan a una mera reforma interior o mejora de instalaciones, sino que contemplan la demolición de varios apartamentos (14 apartamentos en la planta primera, 4 apartamentos en la planta segunda y 6 plantas primeras de apartamentos dúplex de la planta inferior), lo que, de acometerse, supondría una modificación sustancial de la construcción actualmente existente que haría prácticamente irreversibles las obras», por eso accede a la suspensión cautelar -aunque no urgente- de la licencia de reforma.
Conflicto de competencias
El auto reconoce que se trata de un conflicto «ante dos administraciones que tutelan un mismo interés general y que afirman actuar en defensa del dominio público marítimo terrestre, versando la cuestión de fondo planteada sobre cuál de las dos administraciones litigantes (estatal o autonómica) es la competente para autorizar las obras, y sobre si las obras proyectas se acomodan a la normativa de costas y al título concesional». Ante este conflicto competencial, el TSJC prioriza al Ministerio «por más garantista que la autonómica» y afirma, en sintonía con lo defendido por el Abogado del Estado, «al menos cautelarmente, resulta más digno de protección preservar el demanio público frente a unas obras que, una vez finalizadas, harían difícil reponer aquél y su entorno a la situación inmediatamente anterior» a la obra autorizada.
El TSJC trae a colación que el Ayuntamiento de La Oliva aún no ha concedido licencia, ni tampoco Riu ha iniciado las obras, por lo que «la suspensión del acto impugnado no supone una modificación de la situación actualmente existente». Además de que la no ejecución de las obras no impide que la propiedad «pueda continuar desarrollando su actividad» turística.
Decisiones cercanas a elecciones generales y locales
El Gobierno de Canarias había concedido a la cadena Riu la licencia de reforma de un establecimiento inaugurado en 1977 y lo hizo tres días antes de las elecciones locales y autonómicas, el 25 de mayo de 2023, y apelando al traspaso de competencias en materia de Costas vigente desde el 1 de enero de este año desde el Ejecutivo central al autonómico.
Apenas dos meses más tarde, y en una decisión también tomada en época de comicios generales (el 20 de julio) pero notificada después de acudir a las urnas, el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, inició la caducidad de la concesión del Oliva Beach que ahora ratifica de manera cautelar el TSJC.
La caducidad de la concesión en dominio público marítimo-terrestre se basó en que Transición Ecológica cuantifica las obras de modernización en un «aumento de superficie o volumen que ascenderían a un 22% del total autorizado», entre lo que destacan «una pista de tenis y una tienda o comercio de venta de ropa al público».
Demolición y reposición del terreno
La declaración de caducidad puede llevar aparejada, a criterio del Ministerio para la Transición Ecológica, la demolición y retirada de las instalaciones, parcial o total, a cargo del concesionario, incluso con reposición del terreno a su anterior estado, en el plazo que se le señale y sin derecho a indemnización alguna según el Ministerio y como enfatizó en su momento el letrado Dennis Miranda, representante de la plataforma Salvar el Oliva Beach que aglutina a los trabajadores del hotel de 47 años.
La cadena Riu solicitó en 2017 la primera licencia de obra de reforma que nunca llegó a través del Ministerio para la Transición Ecológica. Desde entonces, las manifestaciones de los trabajadores y sus familias no han cesado en defensa de unos puestos laborales que algunos superan los 40 años de antigüedad.
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