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El hotel y los apartamentos Oliva Beach, en las Grandes Playas de Corralejo. Javier Melián / Acfi Press
Fuerteventura

El Constitucional rechaza las alegaciones del Gobierno canario y mantiene el derribo del Riu Oliva Beach

El Ejecutivo central dictó en febrero una resolución declarando la caducidad de la concesión

CANARIAS7

Puerto del Rosario

Miércoles, 25 de septiembre 2024

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El Tribunal Constitucional rechaza los argumentos esgrimidos por el Gobierno de Canarias contra la resolución del Ministerio para la Transición Ecológica, que decidió no renovar la concesión otorgada, lo que deriva en el derribo del hotel Riu Oliva Beach. El contenido de la resolución del TC ha sido avanzado este miércoles por el digital 'Canariasahora'.

El Gobierno de Canarias recurrió este año al Tribunal Constitucional para reclamar las competencias que considera exclusivas de la comunidad autónoma en materia de costas, después de que el Ministerio de Transición Ecológica acordase el derribo del hotel, enclavado en las dunas de Corralejo (Fuerteventura).

El Gobierno canario no reconocía al Ministerio para la Transición Ecológica la competencia legal para emitir la resolución que dictó el 27 de febrero, por la que se declaró la caducidad de la concesión otorgada por Orden Ministerial a la entidad mercantil Geafond Número Uno Lanzarote para ocupar el dominio público costero con ese hotel.

«Es la primera vez que se da una injerencia directa en nuestras competencias en materia de costas y se emprenderán diligencias ante el Constitucional para defender los intereses de la comunidad autónoma», dijo el portavoz del Gobierno canario en marzo de este año al anunciar la presentación del contencioso ante el Constitucional.

Asimismo, Canarias solicitó actuar igualmente en cualquier otro expediente en materia de gestión de los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre, especialmente en el otorgamiento de autorizaciones y concesiones.

Estatuto de Autonomía

El Ejecutivo canario consideró que el archipiélago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Estatuto de Autonomía de Canarias, ostenta la competencia exclusiva en materia de ordenación del litoral, respetando el régimen general del dominio público.

Este comprende la gestión de los títulos de ocupación del dominio público marítimo-terrestre, incluyendo todas las concesiones sobre dicho espacio, «sin distinción alguna y sin reserva legal de competencias a la Administración General del Estado en esta materia», según el Gobierno de Canarias.

Igualmente, reiteró su voluntad para debatir y resolver las discrepancias y diferencias que el Gobierno central pudiera tener sobre las competencias de la comunidad autónoma en materia de ordenación y gestión de litoral en el seno de la Comisión Bilateral de Cooperación Canarias-Estado, prevista en el artículo 192 del Estatuto de Autonomía de Canarias.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico siempre sostuvo que las competencias para resolver sobre concesiones de régimen transitorio, como la del Hotel Oliva Beach de Fuerteventura, recaen en el Estado.

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