Borrar
Diez años de prisión por matar al enfermo al que cuidaba su mujer

Diez años de prisión por matar al enfermo al que cuidaba su mujer

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre a diez años de prisión por un delito de homicidio al matar al enfermo al que cuidaba su mujer. Asimismo, deberá indemnizar a los dos hijos del fallecido con 40.000 euros a cada uno.

Europa Press / Alicante

Jueves, 1 de enero 1970

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La sala, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, también condena a su mujer a seis meses de cárcel por un delito de apropiación indebida y una indemnización de 3.000 euros para los herederos de la víctima. De igual modo, la absuelve del resto de los delitos de apropiación indebida que se le imputan en continuidad delictiva con el anterior.

La resolución considera probado que la acusada trabajaba como empleada de hogar para el fallecido al menos durante los diez años anteriores a septiembre de 2015 -fecha en la que sucedieron los hechos-.

En cuanto al homicidio, indica que la noche del 4 al 5 de septiembre de 2015 queda acreditado que el acusado acudió al domicilio de la víctima para ver la tele, lo que hacía con frecuencia, y en un momento indeterminado entre las 2.00 y las 7.00 horas, "con la intención de acabar con la vida" del enfermo "o al menos conociendo las altas posibilidades de causársela", le agarró "por el cuello y presionó fuertemente hasta que murió".

La defensa alegaba que la declaración inicial del procesado en calidad de testigo "contaminaba" las posteriores actuaciones. Sin embargo, la sentencia afirma, apoyándose en la jurisprudencia, que "el hecho de que posteriores investigaciones transformen en imputado a quien inicialmente declaró como testigo, no constituye irregularidad alguna".

Además, señala que el imputado había mentido en varios aspectos de sus declaraciones, desmentidos por otras pruebas como declaraciones de testigos y los informe policiales y de los forenses. Así, establece que la hora hasta la que permaneció en el domicilio del fallecido la noche de autos fue más tardía de la que afirmó el procesado. También considera acreditado que el imputado faltó a la verdad en "la serie de explicaciones falaces y gratuitas" que declaró sobre "el estado del cadáver, la imposibilidad de mover la cabeza de la víctima por su rigidez, las maniobras que realizó sobre dicho cadáver, etc".

Respecto al delito continuado de apropiación indebida, el fallo indica que la víctima, de 57 años y que tenía una movilidad reducida por una afección pulmonar, había autorizado a la acusada para operar con sus cuentas bancarias, por lo que la ésta realizó "numerosas extracciones", por valor de más de 50.000 euros, desde enero de 2014 a agosto de 2015 de una cuenta de la que era titular la víctima "sin que se haya acreditado que tales extracciones las realizara en su propio beneficio o para usos particulares de la imputada ni de su esposo".

Eso sí, la sentencia agrega que "cosa distinta" es la extracción de los 3.000 euros una vez fallecido el titular de la cuenta y que la procesada repartió con su madre y hermana, alegando que era un regalo de la víctima. De este modo, el fallo concluye que dicha suma "fue extraída valiéndose de la autorización aún vigente" para operar en las cuentas de la víctima y en un momento muy próximo a su muerte.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios