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En libertad por el gran incendio de Tejeda

En libertad por el gran incendio de Tejeda

José E. R., el principal sospechoso de haber provocado el incendio forestal decretado en septiembre de 2017 en Tejeda y que arrasó con 1.909 hectáreas de bosque y acabó con la vida de Carin Birgitta Ostman en Los Llanos de Ana López, ha quedado en libertad después de que la autoridad judicial decretara el archivo de la causa a instancias del informe remitido por la Fiscalía.

Jueves, 1 de enero 1970

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El auto de sobreseimiento determina que, a pesar de las sospechas existentes y los informes realizados por el Seprona y la BIIF, el resultado de dichas investigaciones no arroja «la suficiente contundencia o una carga probatoria inequívoca como para desvirtuar la presunción de inocencia del principal investigado», que fue defendido por la letrada María Rosa Díaz Bertrana. Francisco Javier García García-Sotoca, titular del Juzgado de Instrucción nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria, hizo suyos los razonamientos planteados por el fiscal, que interesó el archivo de la causa tras una instrucción que se vio prolongada por la enfermedad sufrida por el investigado –padeció un ictus–.

Este procedimiento se incoó por el fallecimiento de Carin Birgitta Ostman, ocurrido en Los Llanos de Ana López, durante el incendio que fue extinguido a las 9.10 horas del 2 de octubre. El auto destaca el «excelente informe del Seprona» que «por extenso», analizó de forma pormenorizada el incendio que afectó a «diversos municipios, con cuantiosos daños en infraestructuras». También reflejó el impacto producido en «bienes públicos y privados» y en «los espacios naturales afectados» donde se encontraban catalogadas especies «unas en peligro de extinción y otras vulnerables».

Dicho estudio concluyó que el medio de ignición fue externo –con un mechero–, que hizo contactar «la llama con el combustible ligero muerto» y propició su «extensión al resto de la vegetación forestal», desplazándose ladera arriba y viéndose afectado por un viento moderado (30-35 km/h) que ayudó a una fácil propagación «que se desarrolló con especial virulencia, al llegar el flanco derecho a un afluente del Barranco del Peñón», cerca del Parador Nacional que resultó afectado.

Quema de terrenos

El móvil del presunto incendiario pudo ser la limpieza de terrenos mediante quema, con el fin de regenerar una antigua zona de pastos o facilitar el paso de ganado, según el Seprona, pero la autoridad judicial determinó respecto al presunto responsable que no existía «fuentes de prueba los suficientemente sólidas como para propiciar la prosecución del procedimiento».

El magistrado no solo carecía «de una fuente de la prueba directa y personal», que ubicara a «persona alguna en el lugar en que se produjo la primera ignición», sino tampoco contó con «indicios o hechos base totalmente acreditados», que le llevara a inferir «sin género de duda alguna», la participación de José E. R. en el incendio.

Vídeo.

El fiscal destacó la labor del Seprona y la BIFF

La Fiscalía de Medio Ambiente recalcó en su informe de petición de archivo que, si bien existía una relación entre el gran incendio de Tejeda con otros que se decretaron tiempo atrás en la misma zona y además el investigado cuidaba ganado, no pudo obtener una prueba contundente como para acusar a José E. R. de la autoría de las llamas.

Según el Seprona, para descubrir al presunto autor tuvieron que poner en relación el incendio ocurrido en septiembre de 2017 con otros dos decretados en junio de 2016 y junio de 2017, «cuya autoría no fue identificada y que afectaron a superficies cercanas», siendo la causa «con gran probabilidad», la obtención de un beneficio mediante la «quema de rastrojos y la limpieza de terreno mediante quema», detalla. Por tal motivo, se señaló la posible participación directa del investigado como la persona que, estando a cargo del ganado perteneciente a Airam R. B. –que también fue investigado–, «pudo originar el fuego sin prever, posteriormente, las consecuencias que éste tendría».

Tras las primeras pesquisas, el Seprona procedió a detener a José E. R. para que pasara a disposición judicial –como adelantó CANARIAS7 en marzo–, pero al ir a buscarlo descubrieron que había sufrido un ictus el 6 de febrero de 2018, que mermó sus facultades mentales y era incapaz de coordinar su lenguaje oral. Al recuperarse, en su declaración como investigado en sede judicial, se acogió a su derecho de no declarar.

No obstante y pese a existir circunstancias que indiciariamente pudieran apuntar a una responsabilidad en la comisión de los hechos por parte del investigado, el fiscal Carlos Fernández Seijo entendió que las conclusiones ofrecidas por el Seprona, «pese al excelente trabajo policial realizado», no poseían «la suficiente contundencia, o una carga probatoria inequívoca, como para desvirtuar la presunción de inocencia del investigado». Tampoco que la consideración conjunta de los indicios apuntados por los investigadores, tuviera entidad para enervar cualquier presunción de inocencia.

Sospechas

Dichos pareceres, a juicio del fiscal, estaban basados en «aspectos circunstanciales que pudieran hacer sospechar de la participación del investigado en los hechos investigados» como su actividad ganadera, los antecedentes de quemas en la zona, algunas contradicciones en las manifestaciones policiales, etcétera. Pero ninguna de las pruebas arrojaba «un hecho fáctico incontrovertible» como para no dudar de tal incriminación, como podría ser la existencia de un testigo presencial o en el reconocimiento de los mismos por parte de los involucrados.

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