Borrar
Vea la portada de CANARIAS7 de este viernes 29 de marzo
El Rubio no gozó de permisos, ni tercer grado, ni condicional

El Rubio no gozó de permisos, ni tercer grado, ni condicional

Antonio Ojeda Bordón, alias el Rubio, no ha contado con permisos, ni tercer grado, ni la libertad condicional, durante el tiempo en el que ha estado entre rejas. Durante estos cinco años de pena privativa de libertad, el Rubio solo ha salido a la calle cuando ha sido trasladado de centro penitenciario, cuando ha acudido a comparecencias judiciales y en varias ocasiones a centros hospitalarios. Las autoridades penitenciarias y judiciales siempre han denegado a Ojeda las peticiones de permisos o de disfrute del tercer grado que ha solicitado en varias ocasiones durante estos cinco años de internamiento.

Jueves, 1 de enero 1970

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Rubio fue condenado a cinco años de cárcel y seis de alejamiento por agresión sexual a un menor en unos hechos cometidos antes de la reforma del Código Penal en 2015, por lo que el lunes, cuando quede en libertad definitiva, no tendrá que estar sometido a una libertad vigilada, como así establece el nuevo texto.

En este sentido, las magistradas de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria 1 y 3 de Canarias, María Belén Sánchez y Mireia Ros de San Pedro, detallaron –sin entrar a valorar la situación personal de este preso– que en estos casos, «si la persona ha cumplido la pena privativa de libertad y aún tiene un alejamiento, podría solicitarse que sea sometido a un control telemático si el órgano judicial considera que hay peligro o comparecer ante el juez si se determina que puede haber riesgo con la víctima o su entorno», apuntaron.

Ambas soportan la carga de llevar los dos juzgados de Vigilancia Penitenciaria que cuentan con unos 1.500 reos entre las prisiones de Salto del Negro y Tahíche en Lanzarote y 870 en Juan Grande: «El trabajo que se realiza es muy importante, por lo que siempre destacamos a los profesionales magníficos que tenemos en los centros penitenciarios. Ellos son nuestros ojos», afirmaron.

Medidas.

Detallaron a este periódico como, tras la reforma de la ley en 2015, los delincuentes sexuales pueden estar sometidos a unas «estrictas» medidas de libertad vigilada tras su salida de prisión. «Lo normal es que al delincuente se le impongan este tipo de medidas que pueden incluir la realización de un programa de tratamiento para reeducarlo a nivel sexual, respetar las penas de prohibición y comunicación con la víctima, no trabajar con menores cuando el delito se ha cometido en un ámbito concreto, la realización de drogotest o que acudan a asociaciones de ayuda, que se someta a tratamiento si tiene problema de salud mental, etcétera. Todo dependiendo de las circunstancias particulares del reo», declararon.

Cuando los delincuentes sexuales son encarcelados, ingresan primero en su módulo donde están unos días y son examinados por un equipo técnico que lo valora para clasificarlo en el grado que corresponda (primero, segundo o tercero) y el módulo en el que va a estar. Además, el delincuente sexual, si en la sentencia no se detalla, no está obligado a participar en un programa de tratamiento aunque tanto en Las Palmas I como Las Palmas II existe y «es muy duro y quien se lo toma bien, el que evoluciona y tiene conciencia del delito que ha cometido, sale adelante, lo reconoce y empatiza con la víctima», manifestaron las magistradas. Dicho programa es voluntario y ellos deciden si quieren o no formar parte del mismo si no se les obliga en la sentencia, tiene dos años de duración y los profesionales psicólogos «saben perfectamente cuando el interno está utilizando el mismo para obtener beneficios o no, es decir, llevan a cabo una utilización instrumental de dicho programa».

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios