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El letrado José Mario López interesó el archivo de la causa abierta contra su defendido basándose en las conclusiones que figuran en el informe forense redactado por el Instituto de Medicina Legal de Las Palmas, que considera al autor de la muerte de Aldo S. A., como una persona que tiene «afectada de forma apreciable su capacidad volitiva respecto a los hechos que se le imputan», es decir, es incapaz de controlar sus actos.
Esta petición la realizó ayer el abogado ante el magistrado Florencio Luis Barrera durante la primera comparecencia realizada en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria, a la que asistieron el Ministerio Fiscal, el imputado y las demás partes personadas.
En la misma, se trataron unos hechos que ocurrieron el pasado 12 de abril de 2017, cuando a las 21.25 horas el encausado, a la altura del paso de peatones situado en la gasolinera de la calle Paseo de Chil, en la capital grancanaria, propinó a la víctima una puñalada en el lado derecho del abdomen con la intención de causarle la muerte. La misma la ejecutó con un cuchillo de 20 centímetros de hoja y, presuntamente, debido a las diversas disputas que habían mantenido ambos durante los días anteriores.
A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió la afectación de estructuras viscerales, intestinales y vasculares que le provocaron la muerte.
El encausado declaró a los forenses acerca de la víctima que «me tenía amenazado a mí y a mi mamá, él venía a por mí, era de noche, yo no se si él tenía algo... Él me había dicho que ya había estado en la cárcel por matar a alguien . Él me decía ‘cubano de mierda’, tiraba mierda en mi tienda, tiraba voladores y me decía ‘vuélvete a tu país’», según consta en el informe.
Vida cotidiana. Según el informe forense, el investigado presentó problemas de desarrollo desde la infancia y nunca llegó a socializar correctamente en el colegio, se fugaba, se negaba a ir y tuvo numerosos problemas de adaptación. A los 21 años tuvo el primer ingreso psiquiátrico al evidenciar excitación psicomotriz, agresividad, problemas de higiene e insomnio.
Estado mental. Los forenses determinan que Adriel H. R. manifestó el día de los hechos por la mañana antes de cometer el crimen «un cuadro de ansiedad por el que debió de ser trasladado al hospital». El informe arroja que «mostró un importante nerviosismo, funcionamiento epileptoide, irritable con la madre y una ligera disforia». Dos horas después agredió a la víctima.
Capacidad volitiva. El encausado presenta una «discapacidad intelectual moderada que influye en el modo en que percibe la realidad. Es una persona con muy pocos recursos psicológicos para adaptarse a las situaciones de conflicto». Según el relato de los hechos, «ni siquiera su madre pudo conseguir retenerle y tranquilizarle» para evitar lo que sucedió horas después.
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