El SCS, condenado a pagar 352.000 euros por la muerte de dos bebés debido a una mala práctica médica
La sentencia concluye que la falta de protocolos adecuados contribuyó al fallecimiento de las gemelas poco después del parto
Efe
Santa Cruz de Tenerife
Jueves, 27 de febrero 2025, 13:21
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia en la que condena al Servicio Canario de la Salud y a su aseguradora a indemnizar con 352.500 euros a una madre tinerfeña que perdió a sus dos hijas gemelas poco después del parto. La causa de los fallecimientos fue una infección hospitalaria atribuida a una mala práctica médica.
Según la sentencia divulgada este jueves por la asociación El Defensor del Paciente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la infección que acabó con la vida de las dos recién nacidas «podría haberse prevenido». El tribunal subraya que «no consta la existencia ni la aplicación de protocolos de prevención de infecciones nosocomiales» en la sala donde, cuatro días antes del parto, se realizó a la madre un drenaje de líquido amniótico.
Los magistrados han determinado que hubo «mala praxis» al no cumplirse las condiciones de asepsia exigibles, además de que el procedimiento se llevó a cabo en un espacio inadecuado y en un momento que no era el más oportuno. Por ello, el TSJC considera responsable patrimonial del daño causado a la sanidad pública canaria.
El fallo destaca que este tipo de infecciones pueden ser una complicación en ciertas intervenciones, pero recalca que en este caso el drenaje se hizo «en condiciones inadecuadas», a pesar de que «ni era un procedimiento de urgencia ni era estrictamente necesario». Además, se realizó sin el consentimiento informado de la madre.
Inicialmente, un juzgado de Santa Cruz de Tenerife había desestimado la reclamación de la madre, de 32 años, pero la sentencia ha sido corregida ahora por el TSJC tras la apelación presentada por el abogado José Antonio Betes, de la asociación El Defensor del Paciente.
Los hechos
Según se recoge en la resolución, la mujer fue ingresada el 27 de agosto de 2018 con un embarazo de más de seis meses, considerado de alto riesgo. Durante su ingreso en el Hospital Universitario de Canarias (HUC), los fetos evolucionaban con normalidad, pero el 4 de septiembre los médicos decidieron realizar una intervención para extraerle líquido amniótico.
El procedimiento tuvo lugar en un cuarto de la planta de paritorio que «no reunía las condiciones de un quirófano ni de un espacio homologado para este tipo de prácticas«. Se usó un ecógrafo y se extrajeron dos litros de líquido amniótico. La Sala respalda las críticas de la parte apelante y considera »absolutamente inverosímil« que se pudieran aplicar en esa habitación los mismos protocolos de esterilización que en un quirófano.
«No creemos digno someter a una mujer con un embarazo de alto riesgo a una intervención en un habitáculo sin las condiciones adecuadas», enfatiza la sentencia.
El 8 de septiembre, los facultativos del HUC decidieron inducir el parto ante la sospecha de una inflamación aguda de las membranas placentarias de origen infeccioso, que podría poner en peligro la vida de la madre y los fetos.
Las gemelas nacieron a medianoche y fallecieron al día siguiente debido a un shock séptico causado por la infección.
En el momento de ingresar en el Hospital Universitario de Canarias (HUC), los fetos se desarrollaban con normalidad sin presentar anomalía alguna, pero, debido a un aumento de líquido amniótico, el 4 de septiembre los médicos decidieron realizar una intervención.
Con este fin, trasladaron a la madre a un cuarto en la planta de paritorio que «no era ni quirófano ni espacio homologable», donde se llevó un ecógrafo y le extrajeron dos litros de líquido amniótico.
Tras ver el lugar en el que se practicó el drenaje, los magistrados del TSJC comparten «plenamente las críticas por la parte apelante» y consideran «absolutamente inverosímil» poder defender que en esa habitación se aplican los mismos protocolos de esterilización y asepsia que en un quirófano, como alegó el SCS.
«Sinceramente, si se nos permite añadirlo, no creemos digno llevar a un habitáculo como el que se muestra en las imágenes a una mujer con un embarazo de alto riesgo« para extraerle »nada menos que dos litros de líquido amniótico«, remarca la Sala.
El 8 de septiembre, los médicos del HUC decidieron provocar el parto ante la posibilidad de una inflamación aguda de las membranas placentarias de origen infeccioso, algo que afecta al feto y puede causar la muerte de la madre.
Las dos niñas nacieron a medianoche y murieron al día siguiente, ambas por un shock séptico ocasionado por una infección.