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La Consejería canaria de Sanidad matiza que las bases del concurso-oposición de estabilización «sí priman el tiempo trabajado -al igual que en el proceso de méritos- con el doble de puntuación por cada mes de servicios prestados para acceder a la misma categoría laboral en la que se tiene experiencia». La diferencia entre ambas bases es que, si el opositor se presenta a otra categoría o si procede de un servicio de salud de otra comunidad, necesitará el doble de años trabajados para alcanzar la misma puntuación que un opositor del Servicio Canario de la Salud (SCS).
Este criterio se pactó en la Mesa Sectorial de Sanidad celebrada el 29 de diciembre de 2022, y es el mismo que se ha aplicado en otras diez comunidades autónomas, siguiendo la recomendación de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
La negativa de la Mesa Sectorial de Sanidad a modificar las bases del proceso de estabilización en curso para evitar su nulidad jurídica y favorecer a los aspirantes canarios que concurran a la fase de concurso-oposición ha provocado el rechazo de la plataforma sindical Asamblea7Islas, que acusa al organismo de dejar a los interinos canarios en una situación de vulnerabilidad.
En un comunicado, el colectivo laboral asegura que la decisión de no subsanar «el grave error» cometido por la Mesa Sectorial de Sanidad, al no equiparar las bases del concurso de méritos con las del concurso-oposición, «tiene graves consecuencias para los miles de interinos de la sanidad pública canaria que quieren consolidar sus puestos de trabajo» a través de los exámenes.
La plataforma sindical asegura que «la falta de blindaje» de los aspirantes canarios en esta fase del proceso, cuyos puestos podrían ser ocupados por candidatos de otras comunidades que tengan más años trabajados que los isleños, supone «una situación de inseguridad e indefensión y fomenta la discriminación entre interinos al tener bases diferentes en el mismo proceso extraordinario». Y es que, en el caso del concurso de méritos, los años trabajados en el Servicio Canario de la Salud (SCS) en la categoría a la que se concurría se valoraban el doble que la experiencia ejercida en otro puesto o en servicios de otras comunidades, para la que se fijó un máximo de 14 años computables, tope que no se estableció en el caso del concurso oposición.
Este doble rasero para valorar la experiencia en el mismo proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal supone, en opinión de Asamblea7Islas, un caso de «surrealismo puro y duro, amparado por todo el arco sindical del Servicio Canario de la Salud», del que excluye al Sindicato Médico de Canarias y al Sindicato Canario Independiente, por defender la subsanación del «garrafal» error cometido al aprobar las bases de la convocatoria.
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