Investigan si una vecina de Granada pidió fotos íntimas a una niña de nueve años
La pequeña vive en una localidad valenciana y fue su madre la que denunció que la habían embaucado para enviar imágenes a través internet
Carlos Morán
Granada
Lunes, 27 de octubre 2025, 08:03
Fue la madre de la víctima, una niña de nueve años, la que denunció que su hija había sido embaucada por varios usuarios de internet ... para que les facilitase imágenes privadas a través de una red social. La pequeña cayó en la trampa, pero su progenitora se preocupó de tomar nota de las 'ciber matrículas' de los acosadores que habían conseguido fotografías de la chiquilla. «Pudo facilitar la identificación informática de los usuarios a los que la niña habría enviado imágenes íntimas, así como el contenido de los mensajes recibidos por la menor», reflejaban las primeras pesquisas judiciales que se llevaron a cabo para localizar a los presuntos autores de los hechos.
El caso fue asumido en principio por un juzgado de la localidad valenciana en la que residía la familia afectada por la supuesta comisión de un delito de corrupción de menores o abuso sexual. Aquellas indagaciones determinaron que varios sospechosos habían contactado con la niña desde un país extranjero. «Las primeras investigaciones policiales identificaron el origen de algunos de los mensajes en direcciones IP de México», según las diligencias del juzgado levantino.
Sin embargo, los especialistas en delitos informáticos de las fuerzas de seguridad también descubrieron que había una IP vinculada a una internauta con domicilio en Granada.
El origen del contacto
En este sentido, se suscitó una cuestión de competencia entre el juzgado de Valencia y otro de La Caleta, un conflicto que ahora ha resuelto la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo con un dictamen que deja el asunto en manos del juzgado granadino. «El delito (...) es de mera actividad al satisfacerse con el contacto telemático con un menor de 16 años y la realización de actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas relativas a menores de edad, sin que este último resultado, la entrega de las imágenes, sea preciso la consumación del tipo. Por ello, el tipo penal se materializa o consuma en el lugar en que radican los sistemas o sitios web desde el que se produce el contacto con el menor y se realizan los actos dirigidos a embaucarle al efecto típico descrito, pues ya tales actos ponen en peligro, jurídica y legalmente desaprobado, el bien o bienes jurídicos protegidos en cada caso», razona su decisión el Alto Tribunal español. Es decir, que corresponde a la justicia granadina seguir adelante con las pesquisas. «En el caso de esta cuestión de competencia (...) consideramos procedente atribuir la competencia al Juzgado de Instrucción nº 6 de Granada, al desarrollarse en este partido judicial los elementos principales del delito objeto de la investigación, elementos del hecho delictivo investigado que presenta, además , mayor eficacia en su investigación al localizarse en ese partido judicial instrumentos de la comisión del hecho», agrega el Supremo.
Precedente
El pasado mes de agosto trascendió que un juzgado de Granada se había hecho cargo de un asunto prácticamente idéntico:u na niña que tenía once años cuando sucedieron los hechos, fue acosada por una manada de depredadores sexuales a través del teléfono móvil. Entre los sospechosos también había un vecino de Granada.
La oenegé Save the Children difundió recientemente los resultados de un sondeo en el que preguntó a más de mil jóvenes por sus percepciones y conductas online durante la adolescencia. Pues bien, la práctica totalidad de los chicos y chicas que accedieron a responder el cuestionario, el 97%, afirmó haber sufrido algún tipo de violencia sexual en entornos digitales cuando eran menores de edad, concluyó la encuesta elaborada por la asociación.
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