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Rubén Fariñas
León
Martes, 1 de octubre 2024, 18:52
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El Ayuntamiento de León tendrá que abonar 149.858,34 euros a un letrado de su asesoría jurídica que cubría el trabajo «de tres personas» debido a la baja de sus dos compañeros en el gabinete municipal.
El Juzgado de León ha emitido una sentencia contra el consistorio capitalino, tras estimar parcialmente el recurso contra la junta de gobierno local de noviembre de 2022 que desestimaba la pretensión de H.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados al haber asumido mayor cantidad de trabajo del que le correspondía.
El contencioso administrativo ha resuelto una condena que obliga a abonar al demandante la indemnización interpuesta de casi 150.000 euros por los años de trabajo en los que asumió las vacantes de dos compañeros -dados de baja en 2014 y 2020-. El letrado pedía que se reconociera su derecho a indemnización por asumir una carga de trabajo «muy superior a la de su puesto», a través del abono de las retribuciones de los puestos asumidos y que ascendía a más de 330.000 euros y el reconocimiento de una indemnización por daños morales de 16.527 euros, aunque el Juzgado de León ha reducido la pena a 149.858,34 euros al entender que concurre responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de León para resarcir los daños sufridos por el empleado público en una actividad.
El primer recurso que presentó el damnificado fue el 11 de enero de 2021. En ese momento reclamaba una indemnización por haber asumido mayor cantidad de trabajo a la que le correspondía a consecuencia de las vacantes y bajas, aunque recibió el silencio administrativo por respuesta.
Este funcionario público de carrera, con destino a la asesoría jurídica integrada por tres plazas, vio como el 7 de enero de 2014 se producía la baja de uno de sus compañeros que concluía con incapacidad permanente, gran invalidez y fallecimiento sin que la plaza fuera cubierta. El otro abogado tuvo tres periodos de baja -2016, 2017 y 2019-, sin ninguna medida correctora y permaneciendo el demandante como único letrado.
No fue hasta 2020 cuando se abre un puesto que permanece cubierto menos de ocho meses, mientras que el otro permanece sin cubrirse. Se convocó de nuevo la plaza en 2022, aunque sin peticiones. Es en el momento en el que el recurrente cae de baja, en 2022, cuando se cera una bolsa de letrados de urgencia y se designa a dos como interinos para prestar servicio desde mayo de ese año.
Según explica el denunciante, desde la primera baja su carga de trabajo se ha multiplicado «en términos inasumibles, realizando él solo el trabajo de tres personas», situación puesta de manifiesto ante dos concejales de Régimen Interior -Agustín Rajoy (PP) y Vicente Canuria (PSOE). Intentó que se iniciaran procesos selectivos para poner fin a esta situación, algo que la administración no ha resuelto pese al tiempo transcurrido, lo que derivaron en daños físicos, psicológicos y morales que ha enumerado.
Por su parte, el Ayuntamiento de León solicitó que dicha denuncia se inadmitiera o se desestimara de forma parcial por desviación procesal al antender que es un procedimiento de responsabilidad patrimonial y no de solicitud de gratificaciones extraordinarias o retribuciones no recibidas; también alegan la imposibilidad de que un puesto público reciba dos o más retribuciones. También afirman que estas retribuciones no pueden consistir en un hecho que decidió «voluntariamente» y que decidió asumir el interesado.
El juez ve posible la aplicación de la responsabilidad patrimonial para resarcir los daños sufridos por empleados públcios en una actividad y no considera que exista desviación procesal. «No son retribuciones extraordinarias, sino indemnizar el daño producido a un empleado por la prolongada actitud omisiva de la administración en la cobertura de vacantes», explica.
La situación encaja en un supuesto de «daños continuados» que se iniciaron desde que no se cubren las plazas de los letrados que cesaron, en 2014 y 2020, y que solo cesaron con puestos transitorios de dos interinos. «La situación lesiva ha sido generada de forma directa por la pasividad del Ayuntamiento de León, que pudo ponerle fin en cualquier momento y no lo hizo», subraya el magistrado Alfonso Pérez Conesa. «El Ayuntamiento no explica de qué manera pudo haber rechazado la sobrecarga de trabajo que entienden voluntaria del empleado en una función crítica de la organización pública y que su abandono de servicio es calificado como muy grave», explica en el rollo.
La sentencia habla de «anómala y prolongada» situación que era conocida por la administración y la ve «previsible y evitable» sin que se haya tomado «ninguna medida real y eficaz» en este tiempo. De hecho, en la actualidad se mantienen dos vacantes de letrado cubiertas por interinos. Por ello concurre «un anormal funcionamiento» que se advirtió repetidamente por el denunciante a sus superiores, quienes hicieron «caso omiso» de ellas y como consecuencia le impuso una carga de trabajo «desmedida e insoportable» que acaba en un daño indemnizable por la vulneración del derecho como empleado público a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La resolución también menciona el papel del concejal que denegó al recurrente la prolongación del servicio en activo y en el que afirma que el trabajador no se ajustaba a principios de «lealtad y buena fe» ante la reclamación de responsabilidad patrimonial planteada. El magistrado califica esta situación de «aberrante e inadmisible» y lo entiende como una represalia al trabajador, identificando elementos de «mobbing o acoso laboral».
La extensa sentencia reconoce la carga de trabajo «exorbitante» y el riesgo psicosocial, lo que constituye «un daño real y efectivo» al trabajador y constata un incumplimiento del Ayuntamiento de León en materia de prevención de riesgos laborales porque «ante la exposición a posibles factores, el Ayuntamiento no ha eliminado ni minimizado riesgos ni adoptado medidas correctoras».
Por ello considera porbada la situación de exceso de trabajo y la inactividad del Ayuntamiento de León y declara la responsabilidad patrimonial por el que aplica una demanda total de 149.858,34 euros. También estima parcialmente el recurso contra el acuerdo de junta de gobierno de noviembre de 2022 que desestimaba la pretensión de H.T.M. y deja la misma sin efecto.
Contra dicha sentencia cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Un recurso que el alcalde de León, José Antonio Diez, ya ha anunciado que se presentará. El regidor recuerda que el asunto emana del año 2014 y valorará la decisión judicial cuando sea firme.
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