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Isabel Celaá responde a la oposición durante la sesión de control. EFE
La Fiscalía investiga la orden de Celaá que permitió titular sin límite de suspensos

La Fiscalía investiga la orden de Celaá que permitió titular sin límite de suspensos

Las diligencias son fruto de la denuncia de un particular que cree que los responsables educativos prevaricaron al modificar lo dispuesto en la Lomce, una ley orgánica, con un reglamento

Miércoles, 28 de octubre 2020, 13:30

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha abierto una investigación para comprobar si la ministra de Educación y Profesional, Isabel Celaá, y otros responsables educativos autonómicos cometieron alguna ilegalidad con la aprobación de la orden ministerial publicada el 24 de abril, que permitió flexibilizar de forma extraordinaria los criterios de evaluación, promoción y titulación para el final del curso pasado en todos los niveles no universitarios, aprobada con el fin de que no hubiese alumnos perjudicados por el cierre de colegios e institutos causado por la pandemia.

La orden, que fue fruto de un acuerdo mayoritario del ministerio y la autonomías cerrado nueve días antes -doce comunidades votaron a favor-, estableció como criterios generales que la repetición, en todos los niveles educativos, debía ser algo «muy excepcional» y que la titulación para los que finalizasen cuarto de la ESO y segundo de Bachillerato y de FP debería ser «la práctica habitual», con independencia de las materias que se pudiesen tener suspensas.

El documento establecía que la evaluación sería continua, global e integrada, a cargo de todo el equipo docente, y que las autonomías podían establecer que más que a la superación de las distintas materias y currículos programados se atendiera a la consecución por el alumno de los «objetivos educativos esenciales» del curso o la etapa. En este sentido, la orden especificaba que, tanto a la hora de pasar de curso como de lograr el título, lo que valía era la evaluación global, «sin tener en cuenta limitaciones que afecten al número de materias pendientes».

Cinco discrepantes

La orden solo obligó a las doce comunidades autónomas que se adhirieron a su contenido en la Conferencia Sectorial de Educación del 15 de abril, todas menos Madrid, Murcia, Andalucía, Castilla y León y Euskadi. La consejera vasca no pactó el texto por una pega competencial, pero los responsables educativos de las cuatro autonomías gobernadas por el PP que se excluyeron del acuerdo reclamaban a la ministra que el documento debía fijar un límite concreto para las asignaturas suspensas con las que cada alumno puede pasar de curso o titularse si así lo decidía de forma colegiada el equipo docente del centro, porque, en caso contrario, se vulneraría la actual ley, la Lomce, que si los fija, y se crearían agravios comparativos entre las comunidades, según el criterio que cada autonomía transmitiese a sus centros.

De igual opinión que los cuatro consejeros discrepantes fueron los sindicatos de profesores Anpe y CSIF y la patronal Escuelas Católicas, que creían que la disposición del ministerio vulneraba lo dispuesto en la ley educativa vigente.

Este mismo, de hecho, es el argumento principal de la denuncia por posible prevaricación presentada hace meses ante la Fiscalía por un particular, la que llevó al Ministerio Fiscal a abrir en septiembre unas diligencias de investigación para comprobar si Celaá y el resto de los consejeros de Educación que se adhirieron a la orden de abril han incurrido con ello en algún delito.

El denunciante considera que la orden ministerial, que permite la promoción o la titulación con independencia de las asignaturas que tenga suspensas el alumno, modifica lo establecido en la Lomce, que dispone que para pasar de curso en la ESO el máximo de suspensos son tres -dos, para promocionar de primero a segundo de Bachillerato-, y que dice solo se podrá obtener el título de ESO con un máximo de dos suspensos -siempre que no sean a un tiempo Lengua y Matemáticas- y que es preciso tener todo aprobado para graduarse en Bachillerato. El particular considera que la orden que cree que modifica la Lomce es ilegal, por cambiar una ley orgánica con una norma de rango menor, un reglamento, y porque además fue tomada por un órgano que entiende incompetente para ello, la Conferencia Sectorial de Educación.

Estudio previo

La Fiscalía del Supremo, que en las diligencias en curso debe determinar si los hechos denunciados presentan indicios de delito y tiene que judicializarlos o si deben ser archivados por carecer de relevancia penal, envió un oficio el viernes al Ministerio de Educación para pedirle que le remitiese el expediente completo en cuyo seno se adoptó esta orden -el que recoge los acuerdos de la Conferencia Sectorial de 15 de abril- y la totalidad de los informes jurídicos realizados para su elaboración.

Un portavoz del ministerio precisó que, según su conocimiento, «se investiga una denuncia, no a una persona o personas concretas», por un delito o delitos que todavía ignoran. Añadió que este miércoles reunieron todos los expedientes solicitados el viernes pasado por el Ministerio Público, documentación que ya han remitido al teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, que fue quien la pidió. Fuentes ministeriales indicaron que ni la ministra ni nadie del departamento va a realizar por el momento valoración alguna sobre este asunto «por respeto al procedimiento».

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