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Clavijo alerta de la lentitud de la Fiscalía y pide sobreseer el caso

Clavijo alerta de la lentitud de la Fiscalía y pide sobreseer el caso

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha recibido, en apenas tres días, dos escritos del presidente del Gobierno regional alertando de la «dilación indebida y retardo injustificado de las actuaciones por parte de la Fiscalía» en el caso Grúas, lo que derivaría en su indefensión.

Sábado, 3 de noviembre 2018, 07:32

El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, presentó ayer un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) instando al sobreseimiento del caso Grúas en la parte que, a tenor del Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna y la Fiscalía, podría afectarle. Se trata del segundo escrito de Clavijo ante la Sala de lo Penal del TSJC: en el primero, fechado el 29 de octubre, advirtió de las continuas demoras del procedimiento ante la ausencia de pronunciamiento por parte de la Fiscalía.

Lo evidente es que las semanas han ido pasando y la posible declaración de investigado –lo que anteriormente se conocía como imputado– sigue pendiendo cual espada de Damocles sobre Fernando Clavijo, con el añadido de que la cuenta atrás para las elecciones ha comenzado. Fue el 28 de agosto de este año cuando la jueza Celia Blanco elevó el caso al TSJC dada la condición de aforado de Clavijo. El 4 de septiembre, el TSJC pidió un informe a la Fiscalía, dando dos días para que presentara; el 10 de octubre ese plazo se amplió a cinco más y hasta la fecha sigue sin haber pronunciamiento del Ministerio Fiscal.

En el escrito presentado ayer, Clavijo advierte que la superación de los plazos supone «la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que reconoce el artículo 24.1 de la Constitución Española a todos los ciudadanos». Seguidamente, el escrito desmonta los «indicios de delito» que apuntó el fiscal del caso en el informe que llevó a la juez a dar traslado al caso al TSJC. En concreto, Clavijo se centra en la supuesta «inexistencia de plazo alguno para la devolución del préstamo concedido por la Junta de Gobierno» de La Laguna a la empresa que tenía la concesión de las grúas y que el préstamo se concedió «sin plazo de devolución ni fianza», lo que comportaría un delito de malversación.

Sobre ambos extremos, Clavijo advierte al Tribunal Superior de que «tales hechos no son ciertos, como estaba documentalmente acreditado desde el inicio de las actuaciones, entre otros documentos en el propio texto del Decreto 858/2014». En el escrito se reproducen párrafos completos de dicho documento. «En consecuencia», agrega Clavijo, «el error sobre los hechos es palmario y, por ello, se interesa el sobreseimiento».

Inexistencia de los hechos.

¿Por qué considera esta parte procedente el sobreseimiento? A la hora de argumentarlo ante el TSJC, Fernando Clavijo subraya «la palmaria inexistencia de los hechos que se consideran indiciarios de los delitos», al tiempo que se recuerda jurisprudencia del Tribunal Supremo, que concluyó que «la no aportación de indicios objetivos de la realidad no debe traducirse en la continuación de una investigación penal». Es por ello que en el escrito se concluye que, ante «la existencia de datos objetivos que contradicen claramente las acusaciones (...) justifica y fundamenta conforme a Derecho que por el TSJC debiera acordarse (...) el sobreseimiento libre de las actuaciones».

En el escrito del día 29, Clavijo subraya que «los plazos que se ha tomado el Ministerio Fiscal, primero y sobre todo en los trámites ante el Juzgado de Instrucción (...) y, por último, su representación ante el TSJC, exceden escandalosamente de los marcados por la ley. Los efectos de la indebida dilación y retardo injustificado de las actuaciones, podría constituir una infracción del derecho a la tutela judicial efectiva, no solo por retardo injustificado de las diligencias sino, también, para una injustificada alternación del órgano competente para conocer del asunto. Asimismo, podría exigir la necesidad de valorar la eventual contracción de las actuaciones practicadas con los principios recogidos en el artículo 2. Uno de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal».

El Estatuto y las elecciones.

El nuevo Estatuto de Autonomía, pendiente aún de publicarse en el Boletín Oficial (BOC) y de entrar en vigor, acaba con los aforamientos con lo que, teóricamentem el caso Grúas volvería el juzgado lagunero. Sin embargo, hay interpretaciones jurídicas que entienden que no debería ser así. Y otras apuntan que habría de hacerlo ya con un parecer de la Fiscalía del TSJC. Ahí se abre otra duda: ¿debe la juez de Instrucción tener presente el parecer de la Fiscalía que dirige Vicente Garrido o no? Todo ello con Clavijo ya como candidato de CC a la reelección.

Cinco días de plazo a la espera de la Fiscalía estatal.

Según informó ayer el TSJC, su Sala de lo Penal remitió este miércoles una providencia a la oficina de la Fiscalía Superior de Canarias otorgándole un plazo de cinco días hábiles improrrogables para que evacue un informe de «competencia y contenido», en referencia a la posible apertura de una investigación de carácter penal sobre el presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, en el caso Grúas.

Al tratarse de una providencia dictada por vía telemática, el fiscal jefe del TSJC, Vicente Garrido, dispone, además del plazo de cinco días hábiles improrrogables, un segundo plazo de 10 días naturales para contestar a petición formulada por el órgano presidido por el magistrado Antonio Doreste.

En estos momentos, la Fiscalía de Canarias está a la espera de que la Fiscalía General del Estado vise el informe realizado en su día por Demetrio Pintado –teniente fiscal–, en el que se pronuncia sobre si aprecia indicios de delito o no por parte de Fernando Clavijo cuando era concejal de Seguridad y luego alcalde en el Ayuntamiento de La Laguna. Este procedimiento se ha demorado en el tiempo puesto que, según fuentes judiciales, al tratarse de un asunto de especial relevancia con el presidente de la comunidad autónoma como protagonista, el mismo tiene que tratarse de manera coordinada, tanto por la Fiscalía Superior de Canarias como por la Fiscalía General del Estado.

En principio, la presentación de este documento, que podría liberar de toda responsabilidad penal a Clavijo, no debería haberse demorado, pero la aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias ha modificado sustancialmente la situación y, por ello, el Ministerio Público ha querido estudiar a fondo este nuevo escenario.

Mientras Clavijo insta a una solución por la vía rápida de la instrucción en la parte que le toca, los denunciantes del caso entienden que hay mucho que aclarar. En esa línea, el portavoz de Por Tenerife-Nueva Canarias en el Ayuntamiento de La Laguna, Santiago Pérez, dijo esta semana que «aún queda mucho por investigar», una vez que se ha aprobado el nuevo Estatuto de Autonomía, en el que se elimina el aforamiento de los políticos del archipiélago.

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