

Secciones
Servicios
Destacamos
En Canarias hay 667.673 animales censados, según el registro canario de identificación animal, de los que un 88% son perros y un 10% gatos. En proporción, hay aproximadamente un animal identificado de forma oficial por cada tres canarios, una cifra muy similar si se extrapola al conjunto del país, donde es uno por cada cuatro.
Con estos datos, al Estado se le hacía evidente regular el trato que deben recibir los animales de compañía a través de una norma común que aglutinara las variopintas directrices autonómicas y municipales. La Ley de de Protección, Derechos y Bienestar de los animales ya se encuentra en trámite parlamentario después de la aprobación del anteproyecto a principios de agosto, y se prevé que entre en vigor en el año 2023.
Sin embargo, el procedimiento no ha estado excento de polémica e incluso desde sectores animalistas como Pacma aseguran que esos avances en los «mínimos para garantizar unas condiciones dignas» no son tales. En concreto, señalan que se dará un paso atrás en tanto que las autonomías se verán obligadas a modificar las leyes que protegen la totalidad de las especies para adaptarse a una norma pensada para animales de compañía y silvestres en cautividad, «dejando fuera expresamente a los utilizados en experimentación, a la fauna silvestre y a los considerados animales de producción».
Estas son algunas las claves del texto.
La definición recogida en el glosario de la Organización Mundial de Sanidad Animal afirma que «designa el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere«. Este organismo es una de las bases de la ley, que incluye varios enlaces a sus documentos oficiales.
Concretan, además, que «un animal experimenta un buen bienestar si está sano, cómodo, bien alimentado y en seguridad. También si no padece sensaciones desagradables como dolor, miedo o desasosiego».
Se implican aquí unos cuidados apropiados por parte del dueño que pretenden «evitar el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel o innesaria», según apunta el texto.
Sí, si quiere adoptar o comprar un perro o gato o partir de la entrada en vigor de la norma. El curso será gratuito, aunque aún se desconoce el contenido, quién y donde se impartirá. Además, se obligará a realizar un seguro de responsabilidad civil, identificar a estos animales con un microchip y estar inscritos en el Registro de Animales de Compañía.
Solo a los gatos y antes de que cumplan seis meses. La discriminación se debe a la consideración de que se dificulta controlar la reproducción, ya que acostumbran a salir solos de casa.
Tampoco se podrán obtener crías de perros o gatos con menos de ocho semanas de vida y se hará siempre por medio de un contrato de compraventa o adopción. Se prohibirá la venta y exposición de animales en las tiendas, salvo el caso de los peces.
La normativa endurece las penas por maltrato a través de una reforma del Código Penal. Las multas por infrancciones muy graves podrían ascender a 600.000 euros, como ocurriría en casos de maltrato. Si un animal fallece por esta causa, el dueño podría cumplir de 24 meses de cárcel a 36 con agravantes.
En el caso de las infracciones graves, las multas oscilarán entre 30.000 y 100.000 euros y las leves, entre los 600 y 30.000 euros. Por ejemplo, si una mascota espera una camada sin estar debidamente registrada, propietario deberá pagar de 500 y 10.000 euros y, si reincide, podría convertirse en una infracción grave. Solo los profesionales registrados pueden ejercer la cría.
Además, como sanciones adicionales a estas penas, las autoridades podrán decomisar al animal y entregarlo a una entidad de protección o inhabilitar al propietario para la tenencia de animales de cinco a diez años, dependiendo de la gravedad de la infracción.
No, salvo por «motivos de seguridad» o «un riesgo para la salud pública debidamente justificado por la autoridad competente». Los sacrificios para evitar su sufrimiento del animal se deberán hacer bajo un estricto «criterio y control veterinario».
La nueva ley pretende convertir los actuales zoológicos en centros de recuperación de especies autóctonas y prohibir los circos con animales salvajes. Tampoco permitirá su uso en actividades y espectáculos en los que puedan sufrir daños, como las peleas de gallos, o su reclamo publicitario sin autorización previa.
Sin embargo, queda excluida la tauromaquia, los animales de producción, experimentación e investigación.
El anteproyecto establece que se puede dejar a una mascota sin supervisión un máximo de tres días, aunque en el caso de los perros se reduce a solo uno. El propietario deberá alojarlo en un lugar con buenas condiciones higiénicas, protegido de las condiciones climáticas y adecuado a sus dimensiones, preferiblemente en el seno familiar o, al menos, de fácil acceso.
Se prohibe de manera expresa mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
También se regula el acceso a establecimientos y transportes. Entre lo más destacado, se recoge los hoteles, playas o restaurantes que no permitan la entrada a animales deberán indicarlo debidamente en el exterior. Además, los conductores de taxis y VTC que acepten llevar animales en sus vehículos podrán tener derecho a un suplemento.
Se prohíbe la práctica de la mendicidad y de espectáculos callejeros con animales.
Se prohibe el consumo humano de animales de compañía o para otros animales.
Se prohibe del uso de animales en espectáculos audiovisuales, artísticos, exposiciones o cabalgatas.
Es obligatoria la declaración del término «núcleo zoológico» si en el hogar se tiene más de 5 animales de compañía.
Se prohíbe ensuciar las calles con excrementos u orina de animales. Es obligatorio limpiarlo.
Es obligatorio declarar la mayoría de edad de los perros a los 18 meses.
No se puede utilizar animales como premio o rifa.
Se prohibe atar a animales a vehículos en marcha.
Se elimina la lista de perros «PPP» (perros potencialmente peligrosos).
En un comunicado, Pacma asegura que la Ley de Bienestar Animal ha «vendido» como grandes avances algunos puntos que ya estaban contemplados por las autonomías. La prohibición de circos con animales salvajes, aseguran, no está actualmente permitido en once de las diecisiete comunidades. En cambio, sí pueden utilizarse perros, caballos o dromedarios en espectáculos, algo que la nueva norma no ha modificado.
Otro asunto preocupante para el partido animalista es la reforma del Código Penal para los casos de maltrato, ya que ven como «un retroceso» que se pueda sustituir con multas las penas de prisión.
También reclaman que el texto deja «desamparados» frente al maltrato otros animales como los pulpos, actualmente protegidos por el artículo 337 del Código Penal, y que serán los «explotados» en la primera granja del mundo de este tipo, que se ubicará en Las Palmas de Gran Canaria. «No existe ninguna regulación sobre las condiciones de bienestar para estos animales y, ahora, la reforma que plantea el Gobierno permitirá que su maltrato quede impune», reivindica Eva Ramos, asesora jurídica de Pacma.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.