La anulación del caso Guateque hace tambalear el caso Unión
Un fallo del Supremo sienta jurisprudencia en una causa muy similar a la que se instruyó en Lanzarote y la invalida al completo por una grabación ilegal que dio origen a la investigación
Carlos Sixto De Inza Serrano y Arrecife
Viernes, 6 de julio 2018, 13:06
La sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) dada a conocer el pasado miércoles, en la que se absuelve a los más de treinta acusados del llamado caso Guateque, por considerar que la grabación que dio origen a la investigación había sido obtenida de forma ilegal por la Guardia Civil, al no haber sido autorizada por un juez de instrucción, podría hacer tambalear el caso Unión, dada la similitud entre ambos procesos.
La sentencia del Supremo, que refrenda la emitida en el mes de junio de 2017 por la Audiencia Provincial de Madrid, se basa en que toda la información obtenida en dicha grabación es nula, y toda la investigación posterior, así como la información obtenida a partir de ella, debe ser anulada, siguiendo la doctrina del fruto del árbol envenenado, por la cual las pruebas obtenidas ilícitamente contaminan al resto.
El fallo, que sienta un precedente, podrá tener consecuencias trascedentes en causas pendientes de sentencia sobre la validez de las grabaciones, como sucede con el sumario instruido por el magistrado César Romero Pamparacuatro en 2008, cuyo arranque partió de una grabación con una grabadora aportada por la Guardia Civil, al ex secretario insular del PSOE, Carlos Espino, que registró un encuentro con el empresario Fernando Becerra, sin contarse con la autorización del juez.
Dicha grabación está en estos momentos en duda tras el auto dictado de abril de 2017 por el magistrado Salvador Alba, que declaró nula dicha grabación «obtenida ilícitamente», sin orden judicial y sin que el afectado supiera que se estaba registrando dicha conversación, a través de medios policiales, con el único conocimiento de la Fiscqqalía. Dicho auto no obstante está recurrido por parte del Ministerio Fiscal ante el TSJC.
El paralelismo del caso Guateque con el que instruyó el entonces juez de Instrucción número 5 de Arrecife es claro, dado que en el primero, como señala ahora el Supremo, las pruebas practicadas durante la instrucción son «nulas» y «carentes de validez», ya que la grabación de un testigo protegido que dio origen a la investigación judicial fue hecha con intervención policial sin autorización del juez Santiago Torres y al margen de cualquier procedimiento penal, como sucedió en el caso Unión.