Borrar
Imagen de archivo de la zona de bebidas energéticas de un supermercado. C7
El Gobierno canario eleva de nuevo el IGIC a los refrescos para reducir su consumo

El Gobierno canario eleva de nuevo el IGIC a los refrescos para reducir su consumo

Las bebidas energéticas pasan de tener un tipo impositivo del 5% a uno del 7%, mientras las azucaradas están al 5% | Las toallitas, húmedas o no, se gravan desde el 1 de enero al tipo general del 7%

Patricia Vidanes Sánchez

Las Palmas de Gran Canaria

Domingo, 2 de febrero 2025, 23:24

Tal y como contemplan los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, desde el pasado 1 de enero se aplican una serie de novedades en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), subidas o bajadas dependiendo del producto o servicio. Así, y «con objeto de prevenir enfermedades y el incremento del gasto sanitario», se reduce el tipo impositivo aplicable a las prestaciones de servicios de prácticas del deporte o la educación física, y se incluye expresamente el pilates y el yoga.

Estos servicios deportivos pasan del tipo general del 7% al tipo reducido del 3%. O lo que es lo mismo, practicar deporte resulta un poco más barato desde comienzos de año.

Y con idéntico objetivo, salvaguardar la salud de la ciudadanía, se incrementa el tipo impositivo de las bebidas energéticas, que pasan del 5% al 7% general.

Por lo que se trata del cuidado medioambiental, las toallitas, húmedas o no, sufren un recargo. Así, se deja de aplicar el tipo reducido del 3% y ahora tributan al tipo general del 7%.

También se gravan las entregas de comida preparada (elaborada total o parcialmente por el propio sujeto pasivo en el territorio de aplicación del impuesto) y la bebida que se suministre conjuntamente con ella, que se ofrezcan listas para su consumo inmediato por el adquirente en lugar distinto al de su entrega. Esto significa que las entregas de comida y bebida a domicilio, que suelen venir en envases de un solo uso, tributan al 7%.

Por contra, se prorroga la tributación excepcional y temporal, del tipo 0% en la importación y entrega de determinados bienes destinados a la actividad ganadera. Y se añade a los productos que tributan al tipo de gravamen reducido del 3% una serie de equipos protectores de seguridad: como son las prendas ignífugas y prendas protectoras de seguridad, cinturones de suspensión y otros cinturones para uso profesional, salvavidas de corcho, cascos de plástico y otros equipos de seguridad personal de plásticos, ropa de protección para la extinción de incendios, cascos metálicos de seguridad y otros dispositivos personales metálicos de seguridad, tapones para los oídos y la nariz y máscaras de gas.

En cuanto a las modificaciones de índole técnico, los productos que van al tipo 0% del IGIC, con la redacción introducida por la Ley de Presupuestos, son «las harinas aptas para la alimentación humana» –anteriormente eran «las harinas panificables (que ahora tributan al 3%) y las demás harinas aptas para la alimentación humana»–; también «el gofio de trigo, maíz o de mezcla de cereales» –cuando la redacción anterior eran «cereales destinados para la elaboración de harinas panificables y las demás harinas aptas para la alimentación humana»–. A su vez, pasa a tener un tipo del 0% la leche sin latosa.

En dos años el tipo impositivo a las bebidas con cafeína ha pasado del 3% al 7% en Canarias

Las Palmas de Gran canaria. El Gobierno de Canarias siempre ha alegado que no hay afán recaudatorio a la hora de gravar ciertos productos, como es el caso de las bebidas energéticas, azucaradas o edulcoradas. En los últimos dos años, tales bebidas han subido considerablemente su precio debido, en parte, a que se ha doblado el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que se le aplica. En 2023 se gravaba con un 3%, el mínimo. En 2024 se pasó a un 5%, lo que supuso un aumento millonario en la recaudación del IGICde las bebidas energéticas, gaseosas y azucaradas, pasando de los 4 millones/año. Y desde el pasado 1 de enero de este 2025, el tipo impositivo es del 7% en las bebidas energéticas y con cafeína, quedando las bebidas refrescantes y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos al 5%.

De lo que se trata es de desincentivar la compra de estos productos por sus efectos sobre la salud humana que, además, suponen después un incremento en el gasto sanitario y farmacéutico. A la par, hay que recordar que el sector contribuye a la creación de empleo, tanto en el proceso de elaboración como de distribución, aportando 7.072 empleos dentro de la comunidad canaria –según datos del último trimestre de 2024–. Además, el pasado año el sector de las bebidas refrescantes aportó 488 millones de euros de Valor Añadido Bruto (VAB) a la economía canaria.

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 El Gobierno canario eleva de nuevo el IGIC a los refrescos para reducir su consumo