El Parlamento de Canarias ha admitido a trámite el Proyecto de Ley Canaria de la Ciencia, culminando así el proceso de elaboración realizado por el ... Gobierno de Canarias (iniciado formalmente por consulta pública del 22 de mayo al 12 de junio de 2024) y complementada con la participación pública directa a través de eventos, encuestas y estudios específicos encargados para estudiarla.
La ley viene a reemplazar a la vigente aprobada en 2001 (la primera ley autonómica con este objetivo), que obviamente, después de más de 25 años (dependiendo del momento en que se apruebe en el Parlamento) necesita ser renovada.
Con independencia de la valoración técnica que se puede hacer del texto en vigor. es claro,que una nueva ley mejorará inexorablemente el marco jurídico del sistema canario de I+D+i, no obstante, se ha de entender que la motivación de la ley de 2001 fue mejorar e impulsar el sistema canario de I+D+i (como en la propuesta actual, con los mismos objetivos).
En una revisión rápida de los datos, desde la promulgación en 2001 hasta el presente, la conclusión es: que con las cifras absolutas, la ley fue radicalmente ineficaz, por cuanto el índice convencional de medida de los sistemas de I+D+i (porcentaje del PIB) ha permanecido estancado entre el año 2000 y 2023, oscilando mínimamente de forma sincronizada con la situación económica general:
Así, de 2000 a 2007 (en pleno periodo de crecimiento económico) ascendió de 0,49 a 0,63% del PIB.
Como consecuencia de la crisis económica de 2008, desde ese año hasta 2016 se produjo una reducción hasta el 0,47% (inferior a la cifra del año de partida).
De 2017 a 2023 ha crecido con oscilaciones, entorno al 0,55% en todo este periodo.
Canarias ha ocupado en todos estos años uno de los últimos lugares entre las comunidades autónomas por su porcentaje de PIB gastado en I+D+i.
El Gobierno ha aportado como información básica de partida para 2025 un valor actual de 0,99% del PIB invertido en I+D+i (a falta de más información, este es el valor más alto de la serie histórica), que puede corresponder (¿?) al importante aumento de gasto proveniente de los fondos europeos del PRTR nacional, que se limitará en cuanto termine el plan.
El análisis del proyecto de ley muestra un texto con clara 'buena voluntad' de mejorar la situación, la lectura de los 28 fines explícitos detallados en su artículo 2 solo pueden concitar acuerdo, basta como ejemplo su primer apartado:
«Fomentar la investigación y el desarrollo experimental (I+D) abiertos, inclusivos y responsables en todos los ámbitos del conocimiento, como factores esenciales para desarrollar la competitividad y el bienestar social, mediante la creación de un entorno económico, social, cultural e institucional favorable al conocimiento y a la innovación, especialmente en los campos y sectores en los que la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de ventajas competitivas o comparativas puestas de manifiesto en las estrategias de especialización inteligente»
Finalmente, es de destacar que la ley trata de compensar las propuestas y posibilidades abiertas y no concretadas, con una Disposición Adicional Primera en la que establece los objetivos de financiación pública en I+D+i, definidos en cinco objetivos vinculantes anuales para el período 2026-2030 y que suponen un crecimiento anual del gasto en I+D+i de aproximadamente 0,42% del PIB, lo que debe permitir pasar del 0,9% actual (¿?) al 3% del PIB en 2030.
Este plan concreto de aumento del presupuesto, está establecido en el artículo 29 de la ley, donde se fija que el Gobierno de Canarias «deberá garantizar la promoción y fomento de las actividades I+D+i en la Comunidad Autónoma de Canarias mediante la aprobación de un incremento anual en los presupuestos generales de las cantidades a destinar a esta materia».
Conviene recordar que el 3% del PIB no es una cifra cualquiera, sino que es el valor medio de referencia propuesto por el conjunto de Estados miembros de la UE, como objetivo de gasto a alcanzar de I+D+i en 2010 (el valor medio de la UE en aquel momento era el 1,8% del PIB), objetivo adoptado por todos los países de la Unión en el Consejo Europeo de marzo de 2.000.
La cifra del 3% (2/3 debían ser aportados por el sector privado) era una referencia de la 'Estrategia de Lisboa', que tenía como propósito «transformar a Europa en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, como impulso de la productividad, la innovación y el crecimiento económico sostenible».
La realidad contrastada es que no se ha conseguido alcanzar el objetivo del 3% ni en 2010, ni hasta el momento, en que el valor se sitúa en torno al 2,2-2,3% para el valor medio de conjunto de Estados de la Unión, este valor medio es consecuencia de los países que están claramente por encima del 3% (Bélgica 3,44; Suecia 3,40; Austria 3,2; Alemania 3,13%); de otros que están muy por debajo (Rumanía 0,46%; Malta 0,65% y Letonia 0,75%); situándose España en el 1,49% (2023), todavía inferior a la media europea de partida del 1,8% del PIB en el año 2000.
Como ya se ha referido, Canarias ha estado continuadamente en los valores más bajos de las comunidades autónomas españolas y por tanto se ha de considerar que alcanzar las cifras objetivos incluidas en el Proyecto de la Ley Canaria de la
Ciencia, es especialmente difícil y más difícil tal y como está planteado en el proyecto de ley, «que se haga a través de presupuesto público», como referencia hay que decir que esto no se ha conseguido (ni planteado) en ninguno de los países de la OCDE.
El que sea con fondos públicos hace (como señala explícitamente, también, el artículo 29), que los Objetivos Vinculantes (V_OBJVIN) descritos «están sometidos a los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad y suficiencia financiera y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias».
En definitiva, es la confirmación de que con independencia de lo que se marque como objetivos anuales en la 'Ley', finalmente se hará lo que las circunstancias presupuestarias anuales permitan, ya que, realmente los recursos que se dedican a atender a la I+D+i (como al resto de necesidades ciudadanas que deben ser apoyadas desde los presupuestos anuales), dependen de las circunstancias de recursos disponibles (siempre insuficientes) y de las prioridades que se establezcan.
Los recursos que no se han dedicado a la I+D+i en Canarias en los últimos 25 años de vigencia de la ley actual no se han dejado de gastar por ninguna limitación legal derivada de la misma. La realidad es que, en Canarias, lo mismo que en el resto de comunidades autónomas en España ( y en todos los países) el nivel de gastos ha dependido y depende de la prioridad estratégica que asuman las sociedades y la realidad es que Canarias, como consecuencia de sus propias decisiones ha tenido hasta ahora los niveles más bajos, en un país que a su vez también está en niveles bajos y lo que es peor aún: en épocas de crisis son de los primeros que se limitan (han sido necesarios 17 años y la llegada de fondos anticrisis Cov19, para recuperar los niveles bajos de 2007).
En consecuencia, siendo mejorable (es esperable que así suceda durante el trámite parlamentario), el Proyecto de Ley de la Ciencia Canaria plantea un marco y soporte legal mejor que los existentes, hace posible y propicia circunstancias favorables para la I+D+i, pero, aunque lo pudiera parecer, no garantiza el crecimiento imprescindible del gasto hasta los niveles funcionales que la ciencia necesita para poder hacer la aportación de utilidad que le corresponde en las sociedades avanzadas y de futuro.
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