5932/2013
Caso Emalsa: más de una década para concluir que no hubo delito alguno
Arranca así la sentencia del llamado caso Emalsa: «Esta sección 1ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha visto en juicio oral y público ... la presente causa del procedimiento abreviado número 5932/2013»... Y concluye así: «Debemos absolver y absolvemos a los acusados (...)»
Entre ese 2013 del inicio del procedimiento y la fecha de la emisión del fallo han pasado nada menos que 12 años. Pero no acaba la cosa: la lectura de los más de cien folios de la sentencia deja claro que los hechos denunciados se referían a contratos que estaban suscritos en muchos casos tres, cuatro y hasta cinco años antes del primer escrito presentado por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y que dio origen a todo el caso. De manera que entre el momento del presunto delito y la conclusión judicial de que no hubo ilícito alguno habrían transcurrido entre 15 y 18 años. Todo ello, por supuesto, con la coletilla de que cabe recurso en casación ante el Tribunal Supremo y que la tortilla puede virarse, aunque leyendo y releyendo la sentencia, el relato de hechos y los fundamentos jurídicos ofrecen la imagen de un texto bien armado y sin resquicio para el giro de guion de última hora.
Tras esa sentencia, no cabe otra que dejar claro, como así concluye el tribunal, que no hubo delito alguno. Podremos opinar sobre el fallo y habrá quienes los compartan y quienes discrepen del mismo, pero también habrá que confiar en el rigor de los magistrados integrantes del tribunal, con el añadido de que no hubo voto particular discrepante.
Arranqué estas líneas mencionando el número de procedimiento y la fecha porque, más allá del fallo, creo que una Justicia excesivamente lenta es poco justa. Los acusados que han sido absueltos llevan más de una década con esa losa y doy por hecho que ellos eran los primeros interesados en que el asunto se sustanciase con un lapso de tiempo mucho menor. Especialmente si tenían las conciencias tranquilas.
Desde el inicio de la vista judicial, cuando compareció el entonces alcalde Juan José Cardona, se extendió la sensación de que aquel castillo de naipes en forma de acusación se empezaba a desmoronar. Después llegó la retirada del Ayuntamiento, que entendió que no tenía motivo seguir como acusación porque no podía acreditar haber sido perjudicado. Y sabemos que los tiempos y los modos procesales son unos y el sentido común a veces es otro, pero esta demora de más de una década en el caso no beneficia a nadie. Ni siquiera a la confianza en la Justicia.
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