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El Gobierno llevaba meses, desde que en abril del pasado año el juez Juan Carlos Peinado abrió diligencias contra la esposa de Pedro Sánchez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios, hablando de una campaña de acoso judicial orquestada por la derecha y ... la ultraderecha en su contra. Ahora, el PSOE ha dado un paso de calado para tratar de neutralizar, a través de una reforma legal, el recorrido de las dos causas propulsadas por la acción popular, única parte acusadora contra Begoña Gómez y en el procedimiento por el que está imputado también David Sánchez, el hermano del presidente. En los otros dos casos que apuntan al entorno, este político, del jefe del Ejecutivo –la 'trama Koldo-Ábalos-Aldama' y el encausamiento del fiscal general por los correos del novio de Isabel Díaz Ayuso–, sí ejercen la acusación, respectivamente, la Fiscalía y un particular, Alberto González Amador.
El grupo parlamentario socialista registró este viernes en el Congreso una proposición de ley con un título que es ya en sí mismo una declaración de intenciones: 'Proposición de ley orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas'. El portavoz de la formación, Patxi López, alegó que lo que se pretende con ella es simplemente «proteger a la ciudadanía de la persecución y el acoso de los sectores ultras y prestigiar más nuestro sistema judicial», pero el contexto político en el que llega resulta determinante. Y no solo: el cambio legislativo lleva aperejada una disposición transitoria única que determina su aplicación en «los procesos en curso», cuya literalidad y la interpretación que efectúan juristas consultados abre la puerta al archivo de las causas contra Begoña Gómez y David Sánchez.
El ministro de Justicia, Félix Bolaños, ya había esbozado hace poco más de una semana su intención de reformar la figura de la acusación popular, que organizaciones ultraconservadoras como Manos Limpias o Hazte Oír están ejerciendo en todos las causas penales que de una manera u otra salpican al Ejecutivo con el argumento de que se está «pervirtiendo el espíritu» de esa figura constitucional. .«No les importa nada perseguir el delito y establecer los hechos. Lo que tienen es interés perseguir a personas progresistas de sus familias», llegó a decir.
Lo previsible era que el Ejecutivo se sirviera de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (la Lecrim), que se enviará al Congreso a lo largo del primer trimestre del año, para acometer esos cambios. Pero finalmente se ha optado por la vía de la proposición de ley, que sortea así los informes preceptivos de órganos consultivos como el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Fiscal y permite una tramitación a priori más rápida para restringir ese derecho y abordar otras modificaciones.
López explicó que se actuará en «cuatro frentes»: limitando el ejercicio de la acusación popular, haciendo que se inadmitan las querellas basadas exclusivamente en recortes de prensa, suprimiendo el delito de ofensas contra los sentimientos religiosos y permitiendo la abstención o la recusación de jueces por sus declaraciones de contenido político.
La norma plantea, por un lado, que ni los partidos políticos ni los sindicatos ni las fundaciones u organizaciones vinculados con estos puedan ejercer la acusación popular, que, además, solo podrá ser ejercida por quienes demuestren un «vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal correspondiente». Y, por otro, que quien ejerza esa acusación popular, solo pueda participar en la fase de juicio oral y a la formulación inicial de la querella, pero no en la instrucción.
«Lo que buscamos con esta medida es acabar con las filtraciones interesadas y constantes de las diligencias por parte de esas acusaciones que tienen objetivos políticos. Y acabamos también con los intentos abusivos de pedir diligencias desconectadas del objeto de la investigación con el único fin de dar un perfil mediático a un proceso judicial«, argumentó el portavoz socialista. »No obstante, la acusación popular sí podrá recurrir el auto de sobreseimiento si no está conforme con la decisión«, matizó.
Además, el texto establece la obligatoriedad de inadmitir querellas «basadas exclusivamente en recortes de prensa», como las que dieron origen precisamente a casos como el de Begoña Gómez, algo que, subrayan los socialistas, ya es doctrina del Tribunal Supremo.
La tercera pata es la supresión del artículo 525 del Código Penal, el conocido como el de las ofensas a los sentimientos religiosos. «Este -adujo López, aludiendo a causas que afectan al 'Gran Wiyomin, a Dani Mateo o a Lalachus- es un delito que sí que aparece en el Código Penal, pero que no registra apenas condenas y que, sin embargo, es utilizado permanentemente por organizaciones ultras y fundamentalistas para perseguir a artistas, a activistas, a representantes electos, haciéndoles pasar por procesos penales que son muy costosos a nivel económico pero sobre todo a nivel personal sin fundamento alguno».
Y por último, la proposición plantea una reformar la ley orgánica del Poder Judicial para incluir una nueva causa de abstención o de recusación, de manera que cuando un juez o magistrado haya realizado públicamente manifestaciones a favor o en contra de partidos políticos, de sindicatos, de asociaciones u otras entidades públicas o privadas, no pueda participar en un proceso en el que estas personas u organizaciones formen parte.
«Porque hay sectores -abundó el dirigente socialista- que animan a jueces y magistrados a significarse políticamente, para así poder iniciar procesos donde partan con ventaja y esto tiene una consecuencia fatal para la imagen de la imparcialidad del poder judicial».
El PSOE se juega así una baza de peso que, sin embargo, no tiene garantías de prosperar en el Congreso. Junts anunció este viernes una enmienda a la totalidad porque la reforma, según enfatizó Míriam Nogueras, se queda «cortísima» si el objetivo de los socialistas fuera derribar «las paredes maestras» de un 'lawfare' que los secesionistas dan por «estructural» en el Estado español.
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