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Miércoles, 31 de agosto 2022, 11:23
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El comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha dictaminado que España ha violado los derechos de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Josep Rull. Este organismo ha fallado que vulneró sus derechos cuando un juez les suspendió de su cargo como diputados en el Parlamento catalán antes de ser condenados y en virtud de la acusación que pesaba contra ellos de rebelión, delito por el que posteriormente no fueron sentenciados. Esta decisión «representa una nueva constatación de que la represión política del independentismo catalán por parte de España ha vulnerado gravemente los derechos humanos, en este caso, derechos políticos esenciales en una democracia», según ha denunciado ERC en un comunicado. Se trata de una victoria moral para los dirigentes del 'procés' que no tiene consecuencias jurídicas. Todos ellos fueron indultados hace un año.
Estos cuatro dirigentes estuvieron investigados penalmente desde el 30 de octubre de 2017 por el supuesto delito de rebelión con motivo del referéndum del 1 de octubre. Ingresaron en prisión el 2 de noviembre de 2017 y estuvieron encarcelados preventivamente hasta la sentencia del Tribunal Supremo del 14 de octubre de 2019, que les condenó a penas de prisión de entre 9 a 13 años. En las elecciones del 21 de diciembre de 2017, los cuatro fueron elegidos en el Parlamento catalán como diputados. Por decisión del juez de instrucción y antes de ser condenados, fueron suspendidos de sus mandatos parlamentarios.
Por ello, decidieron presentar una denuncia ante el comité de Derechos Humanos de la ONU. Según este organismo, la suspensión de todos los derechos y deberes de representación parlamentaria constituyó una violación de los derechos humanos internacionales. El comité, en un dictamen con votos discordantes, subraya que este derecho «constituye la esencia del gobierno democrático» y, aunque reconoce que puede haber ciertas limitaciones a ese derecho, considera que la grave restricción impuesta por la justicia española estaba claramente injustificada.
En particular, el comité considera que «la decisión de acusar a los autores del delito de rebelión que comportó automáticamente la suspensión de sus funciones públicas antes de una condena penal» incumple los requisitos el pacto internacional de derechos civiles y políticos. Y señala que «varias organizaciones y entidades nacionales e internacionales han puesto de manifiesto el carácter pacífico de las acciones que llevaron a cabo los demandantes y otros responsables políticos y sociales de Cataluña». Ante esto, «una aplicación del derecho interno que, de forma automática, dé lugar a la suspensión de los cargos electos, por presuntos delitos basados en acciones públicas y pacíficas, con anterioridad a la existencia de una condena, impide un análisis individualizado de proporcionalidad de la medida y, por tanto, no se puede considerar que cumpla los requisitos de razonabilidad y objetividad», concluye el comité.
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