Anticorrupción afirma que debió anularse la adjudicación de Belate a la UTE en la que están Servinabar y Acciona
Considera que se cometieron infracciones de la ley en cómo se adoptaron los acuerdos en la mesa de contratación y en el hecho de que el presidente de esta votara conociendo la puntuación que habían dado otros integrantes
Beatriz Arnedo y Pedro Gómez
Lunes, 15 de septiembre 2025, 16:57
La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra considera que la adjudicación de Belate que decidió la mesa de contratación debería ser «nula de ... pleno derecho», porque se cometieron infracciones a la ley por cómo se adoptaron los acuerdos y el hecho de que el presidente de esta diera su puntuación conociendo previamente la de otros integrantes, informa El Diario de Navarra.
En su informe, recuerda los votos particulares de los letrados presentes en esa mesa de contratación, y cómo uno de ellos, el secretario de la mesa, insistió sin éxito en que se reuniera esta. En concreto, hay varias actas que se confeccionaron tras el intercambio de correos de los miembros de la mesa, sin que conste la celebración de reunión alguna.
«El mero intercambio de correos, sin ninguna otra formalidad en la adopción de los acuerdos, vulneró las reglas esenciales del procedimiento establecido por las normas para la integración de la voluntad del órgano colegiado, como voluntad distinta e independiente de la de sus miembros y ello conllevaría, de conformidad» con lo dispuesto en la ley, «la nulidad de pleno derecho de lo actuado», afirma la Oficina Anticorrupción.
El informe destaca que el secretario debió advertir al presidente de la Mesa que sin esa reunión esta «no podría acordar válidamente la propuesta de adjudicación».
La infracción
Este punto, unido al hecho constatado por la Cámara de Comptos de que el presidente de la mesa de contratación dio su valoración conociendo la de otros miembros de la citada mesa supone, para la Oficina Anticorrupción, «una infracción de las normas de formación de la voluntad de los órganos colegiados». El informe agrega literalmente: «Cuando dicha infracción es de carácter esencial, como hemos indicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47» de la ley que regula el procedimiento de las administraciones públicas «supone la nulidad de pleno derecho de los acuerdos de la mesa de contratación y por tanto de la propuesta de adjudicación».
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