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Baltasar Garzón y Dolores Delgado, en una imagen de 2008, cuando ambos trabajaban en la Audiencia Nacional. EFE
Garzón sucumbe en el Supremo ante los audios de Villarejo

Garzón sucumbe en el Supremo ante los audios de Villarejo

La Sala rechaza el recurso del exjuez en contra del archivo de la querella por injurias que interpuso al director de Moncloa.com, el portal que publicó la grabación de la comida con el comisario y la actual fiscal general

Mateo Balín

Madrid

Viernes, 3 de diciembre 2021, 05:59

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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación registrado por Baltasar Garzón en contra del archivo de la querella que interpuso al entonces director de Moncloa.com, el digital que publicó diversos audios en el marco de la 'operación Tándem' ('caso Villarejo') entre 2018 y 2019. Entre ellos, la famosa comida en un restaurante de Madrid, el Rianxo, que tuvo lugar en octubre de 2009 y que contó con la presencia del comisario jubilado, el propio Garzón (entonces juez) o Dolores Delgado (entonces fiscal de la Audiencia Nacional).

En un auto, el tribunal considera que el recurso no debe admitirse de conformidad con la doctrina aplicada por la Sala Segunda (de lo Penal), ya que el citado auto de sobreseimiento libre decretado por la Audiencia Provincial de Madrid en febrero pasado -que también rechazó admitir la querella del juez inhabilitado- «no es susceptible de ser recurrido, ya que no se cumple el requisito de que se hubiese dirigido una imputación formal contra la persona denunciada» en algún momento de la tramitación de la acción penal. En este caso el periodista Joaquín Vidal.

La resolución a la que ha tenido acceso este periódico condena a Garzón, hoy abogado y dueño del despacho ILocad, al pago de las costas del procedimiento. Una cuantía que la defensa del querellado, ejercida por el letrado Miguel Durán, ya ha anunciado que ejecutará.

El objetivo del que fuera magistrado de la Audiencia Nacional -castigado en 2012 a 11 años de inhabilitación por prevaricación en la instrucción del 'caso Gürtel'- era defender su honorabilidad por relacionarle con una presunta trama criminal vinculada al 'caso Tándem'. Ello a raíz de la difusión en 'Moncloa.com' de la grabación subrepticia de Rianxo, en septiembre de 2019, y de la posterior intervención del periodista en un programa de televisión para contextualizar este polémico audio (en el que salía mal parado el hoy ministro Fernando Grande-Marlaska, entre otros).

«Núcleo duro de aquella banda»

Garzón consideró que las injurias graves realizadas con publicidad por el querellado - su cercanía a una «trama delictiva», a un «grupo mafioso» policial, al «núcleo fundacional» o al «núcleo duro de aquella banda»- excedían de los contornos de la libertad de información (o expresión), con una clara lesión de su dignidad personal y del derecho al honor. Por este motivo, argumentó, existen indicios suficientes de criminalidad para que el juzgado de instrucción de Madrid que vio la querella la hubiese admitido a trámite.

Sin embargo, primero este órgano y luego la Audiencia de Madrid rechazaron tal pretensión, ya que consideraron que primaba en todo caso el derecho a la información. Y ahora el Supremo ha cerrado el caso sin entrar ni siquiera en el fondo de la colisión de derechos en disputa.

La ponente del auto del tribunal de Madrid fue Gemma Gallego, a quien Garzón trató de recusar en balde por su supuesta animadversión personal (fue vocal del CGPJ a propuesta del PP). La magistrada justificó que las frases emitidas por el periodista eran opiniones personales en las que «no se asentaban hechos o afirmaban datos objetivos, más allá de lo que las propias grabaciones que comentaba ofrecían».

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