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La sede del Tribunal Constitucional. Efe
El Constitucional aplaza el debate sobre el segundo estado de alarma para evitar otra fractura

El Constitucional aplaza el debate sobre el segundo estado de alarma para evitar otra fractura

La ponencia apunta a que fue ilegal porque eludió el control parlamentario y cedió a las autonomías competencias que no debía

Jueves, 9 de septiembre 2021, 11:49

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El presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, quiere evitar a toda costa que se repita la imagen del tribunal de garantías fracturado por la mitad como ya ocurrió el pasado mes de julio cuando la corte (por seis votos a favor y cinco en contra) declaró ilegal el eje fundamental del primer estado de alarma: el confinamiento domiciliario. González Rivas, con el beneplácito de la mayoría de los magistrados, ha decidido posponer el debate y votación del segundo del recurso contra el segundo estado de alarma nacional por la pandemia, el que se extendió del 25 de octubre de 2020 al 9 de mayo de 2021, sabedor de que el borrador de ponencia apunta también a la inconstitucionalidad de este segundo periodo extraordinario y que esta tesis vuelve a partir al tribunal.

La idea primigenia era que el Pleno comenzara a deliberar sobre este asunto en su sesión que se celebrará entre el martes y el jueves, la única prevista para este mes de septiembre. Sin embargo, y con la excusa de resolver asuntos pendientes de anteriores plenos, el debate sobre el segundo estado de alarma se ha quedado fuera de la agenda de septiembre y se desconoce si entrará en la de octubre.

No hay prisa. González Rivas y los magistrados más moderados de ambos 'frentes' quieren que las «pasiones se enfríen», según expresión literal de una fuente muy cercana al tribunal, y que los magistrados tengan más tiempo para charlar de manera informal sobre lo sucedido en julio y, llegado el caso, acercar posiciones.

Pero ni González Rivas ni su entorno más cercano se llaman a engaño: el consenso no solo va a ser imposible, sino que todo apunta a que habrá bronca. La ponencia de la sentencia ha recaído en el magistrado Antonio Narváez, de afinidad conservadora, como también lo es Pedro González-Trevijano, redactor del fallo que tumbó el encierro domiciliario de 2020. Y el borrador de Narváez no se anda con rodeos. El estado de alarma de los pasados otoño, invierno y primavera excepción (que fue la que permitió a las comunidades establecer 'a la carta' toques de queda, cierres perimetrales o limitaciones en las reuniones sociales durante la segunda, tercera y cuarta ola) fue ilegal porque eludió el control parlamentario y cedió a las autonomías competencias que no debía.

La legalidad de ese segundo estado de alarma fue recurrida ante el Constitucional por Vox, que también fue la formación política que, gracias a sus 52 diputados, apeló contra el primero de los estados de alarma.

La propuesta de sentencia de Narváez es muy dura y, en los actuales términos, es «inasumible» para buena parte del tribunal, según admiten en diversos círculos cercanos a la corte. Lo más delicado probablemente es que el borrador apunta que Pedro Sánchez violó la legalidad con la maniobra que evitó que el Ejecutivo tuviera que rendir cuentas ante el Congreso de los Diputados cada quince días para conseguir ir prorrogando el estado de alarma. Algo que sí que hizo con la primera alarma durante la primera ola cuando el Gobierno tuvo que acabar haciendo malabarismos parlamentarios para lograr los apoyos suficientes en el tramo final del confinamiento.

Básicamente, Narváez propone a sus compañeros considerar inconstitucional el acto que tuvo lugar el 29 de octubre de 2021, cuando el Gobierno obtuvo el aval del Parlamento para prorrogar hasta el 9 de mayo el estado de alarma sin volver a pasar por el Congreso con el apoyo de 194 diputados de PSOE, Unidas Podemos, Ciudadanos, Más País-Equo, Compromís, PNV, BNG, Coalición Canaria, Nueva Canarias, el Partido Regionalista de Cantabria, Teruel Existe y los cuatro diputados del PDeCAT; 53 votos en contra, los de Vox y del diputado del Foro Asturias; y 99 abstenciones de PP, la CUP y Unión del Pueblo Navarro.

El magistrado Narváez, en su borrador, considera que el Gobierno hizo una interpretación contraria al espíritu de la Carta Magna de la Ley Orgánica 4/1981 de los estados de alarma, excepción y sitio. El artículo 6.2 de esa normativa literalmente establece que en «el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga».

Aunque la redacción de ese precepto es confusa, el magistrado en su borrador de sentencia -que fractura, por el momento, el Pleno- sostiene que escudarse en esa enrevesada redacción para eludir durante medio año el control parlamentario a un medida de restricción tan severa de derechos fundamentales es contrario a la Constitución. Y ello, por mucho que ni ésta ni la ley orgánica prohíban expresamente prorrogar el estado de alarma por un tiempo mucho mayor de los quince días sin volver a pasar por el Congreso.

El único antecedente en España de una prórroga del estado de alarma sin control parlamentario fue en 2010 durante la crisis de los controladores. En aquella ocasión el Gobierno tuvo el visto bueno del Congreso para mantener la medida durante un mes sin que se planteara ningún recurso de constitucionalidad, por lo que la corte no tuvo que manifestarse sobre esta fórmula.

La otra cuestión medular que analiza el controvertido borrador es la legalidad de la delegación que hizo el Gobierno en las comunidades autónomas para aplicar las restricciones de derechos dentro de la denominada 'cogobernanza'. La Ley Orgánica 4/1981 no contempla que el Ejecutivo central pueda dejar en manos de otras autoridades la aplicación del estado de alarma. Y por ello, Narváez también apoya declarar inconstitucional ese sistema de 'cogobernanza' del que el Gobierno de Sánchez viene sacando pecho desde hace un año y considera todo un éxito.

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