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El Pazo de Meira en Sada, A Coruña. efe
Archivan la denuncia de los Franco por delito de odio en una protesta en Meirás

Archivan la denuncia de los Franco por delito de odio en una protesta en Meirás

La Audiencia de A Coruña confirma el sobreseimiento definitivo de la acción penal llevada a cabo por los nietos del dictador y la fundación que lleva su nombre contra un acto en defensa de la titularidad pública del pazo en 2017

Mateo Balín

Madrid

Miércoles, 7 de diciembre 2022, 14:24

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado los recursos de apelación presentados por la Fundación Nacional Francisco Franco y otros familiares del dictador, entre ellos sus siete nietos, contra la decisión del juzgado de Betanzos de archivar la causa abierta por una protesta en el Pazo de Meirás en 2017, un sobreseimiento que se convierte ahora en definitivo.

En un auto de diez páginas, el tribunal argumenta, en relación al delito de odio que denunció la fundación y la familia Franco, «que no puede existir por el hecho de que los activistas se encaramasen a una de las soberbias torres del pazo y exhibir una pancarta reivindicativa de la titularidad pública de ese Bien de Interés Cultural (BIC) en un convergente contexto social de reclamación por parte de la ciudadanía».

Entienden los magistrados que tampoco cabe considerar que la familia Franco cumpla los requisitos de formar parte de ningún grupo al que la ley reconozca especial protección, que «habrá de conectarse con las referencias circundantes a la orientación o identidad sexual y a las razones de género, enfermedad o discapacidad, pudiendo muy bien interpretarse como una elección de comportamientos y estructura familiar inhabitual o menos corriente que la mayoritaria».

También descarta la Sala el delito de allanamiento de morada al no poder «predicarse la existencia de una intimidad reservada a unos potenciales moradores en las zonas de paso del interior del pazo», ya que en los momentos de la protesta el inmueble estaba en horas de apertura a visitas guiadas y el guardés no se personó ni como parte afectada. El tribunal tampoco cree que se cumplan las condiciones que la jurisprudencia exige para considerar que las personas que lideraron el acto reivindicativo hubiesen cometido un delito de daños por la afectación de una cubierta del recinto.

En definitiva, el auto señala que "resulta evidente que contra la familia Franco, que con mayor o menor asiduidad se desplaza o hace vida temporalmente en el Pazo de Meirás, no se ha fomentado públicamente, promovido o incitado directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia por razón de hallarse incursa en ninguna de las situaciones familiares antedichas u otras de similar naturaleza".

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