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Más sanciones y menos puntos en el carné: Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico

A partir de este lunes aumentan los puntos a detraer por llevar el móvil en la mano, se introduce la tasa 0,0 para los conductores menores de edad, y se suprime la posibilidad de rebasar en 20 km/h los límites de velocidad al adelantar

Noelia Soage

Lunes, 21 de marzo 2022

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De camino al trabajo o a recoger a los niños al colegio, decides adelantar a un ciclista, rebasando así el límite de velocidad en 20 km/h, o más, sin darte cuenta de que no estás manteniendo la distancia de seguridad mínima y, además, terminas el rebasamiento pisando una línea continua. Esta situación, que le puede suceder a cualquiera en el día a día, significa hasta 700 euros de multa y 10 puntos menos en el carné de conducir. Y es que según la nueva Ley de Tráfico que entra en vigor mañana, lunes 21 de marzo, la sanción por adelantar a un ciclista sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros aumenta de 4 a 6 puntos a detraer. De hecho, en la norma se puntualiza que ahora es obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores.

Por otro lado, también se ha decidido suprimir la posibilidad de que tanto coches como motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad al adelantar a otros vehículos, por lo que las multas conllevan entre 100 y 600 euros, y de 2 a 6 puntos, según la velocidad que se alcance. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), esta medida se ha tomado ya que dos de cada tres siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019 -año de referencia- se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía.

Así sanciona las infracciones la nueva ley de tráfico

También cada día es más común cruzarse con algún joven llevando un patinete sin el casco puesto, con auriculares o el móvil en las manos e incluso circulando por la acera. Esta acción ahora significa 4 puntos menos en el permiso y alrededor de 400 euros de multa. Según la nueva Ley, tanto circular con el patinete manipulando el móvil -aumenta de 3 a 6 por utilizarlo al volante-, el uso de auriculares, como circular por las aceras -algo ya totalmente prohibido, igual que aparcar-, supone una sanción de 200 euros cada una. En concreto, y como uno de cada cuatro fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad, Tráfico aumenta de 3 a 4 los puntos el no utilizar elementos de protección obligatorios como sistemas de retención infantil o el casco.

No obstante, cabe resaltar que se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Eso sí, algo que ahora también afecta a dichos usuarios de vehículos de movilidad personal, e incluso ciclomotores, la mayoría menores de edad, es conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. Igual que con todo vehículo, está tipificado como infracción muy grave bajo 500 euros de multa y la pérdida de 4 puntos, si la tasa es la mínima; sino se pueden alcanzar los 1.000 euros y 6 puntos. Y puntualizar que estos no podrán circular con una tasa de superior, en sangre y por aire espirado, a 0,0.

Nuevas infracciones

A partir de mañana, con la nueva Ley de Tráfico, se deben tener en cuenta algunas infracciones que antes no estaban estipuladas. No respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones, conllevará una sanción de 200 euros. Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción, será castigado con multas de 500 euros.

También supondrá la misma cuantía incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas, incumplir las normas sobre el uso de los alcoholímetros antiarranque -obligatorios en el transporte de pasajeros a partir de julio-, y arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta última infracción supone además la pérdida de 6 puntos.

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