Borrar
c7

Se endurece la normativa para las patinetas eléctricas

El periodista grancanario Bernando Hernández, especializado del motor y formador en conducción eficiente, critica que algunos usuarios no utilicen cascos y circulen por zonas no autorizadas

carolina alemán

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 5 de abril 2022

Comenta

Las patinetas eléctricas llegaron de forma sigilosa a nuestras calles hace tres años. Era el medio de transporte que todos querían probar: divertido, práctico, ecológico, barato y evitaba atascos. Hoy, ya se les conoce como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y verlos circular por las carreteras del archipiélago es parte del día a día. Además, desde el pasado 21 de marzo, la DGT ha comenzado a regularlos a nivel nacional y a considerarlos vehículos, pero ¿siguen todos sus usuarios la normativa establecida?

Bernardo Hernández, periodista grancanario especializado del motor y formador en conducción eficiente, insiste en que «está totalmente a favor de la nueva movilidad, pero hacen falta más campañas de concienciación para el uso adecuado de las patinetas eléctricas, así como formaciones por parte de los implicados».

Imagen de archivo del periodista grancanario en nuestra redacción. c7

La Dirección General de Tráfico lanzaba el pasado mes de marzo un vídeo informativo con las normas a cumplir por los usuarios de los vehículos eléctricos en sus desplazamientos urbanos y cómo hacerlo de forma segura. Según informa la propia DGT, en 2020, se registraron 8 fallecidos que viajaban en este tipo de vehículos, 7 de ellos en vías urbanas y uno en interurbana, carreteras donde su uso está prohibido.

El periodista asegura que no llevar el casco y circular por una vía interurbana están entre los principales causas de accidente entre los usuarios. «Muchos de los accidentes pueden terminar siendo muy graves, aunque las lesiones más comunes suelen ser fracturas en las extremidades inferiores, como el tobillo». Hernández asegura que a día de hoy ve a muchos usuarios sin hacer uso del las protecciones recomendadas. «Todos los días, me encuentro a algún usuario sin casco, o circulando por carriles no autorizados», manifiesta.

Además, señala que no solo se ponen en riesgo los propios usuarios sino también los viandantes. «Los usuarios que no respetan las normas de circulación y van por las aceras ponen en alto riesgo a los peatones. Hacen vulnerable al viandante», informa.

La reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. La DGT está ya trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y con los actores implicados.

Hernández espera que en «un futuro muy cercano» las patinetas eléctricas que se comercialicen deberán estar certificadas para su uso y deberán poseer de un seguro.

De momento, a los VMP no se les exige seguro obligatorio ni permiso específico de conducción, aunque a partir del 22 de enero de 2024 todos los VMP que se comercialicen deberán contar con un certificado de circulación.

La DGT ha elaborado el 'Manual de características de los vehículos de movilidad personal', un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.



Recordando las normas de desplazamiento y sanciones

1. No pueden circular por las aceras y zonas peatonales. La sanción 200 euros (artículo 118.1 del RGC) y se procederá a la inmovilización del vehículo de acuerdo con el artículo 104.1.c) del texto refundido de la Ley de Seguridad Vial.

2. Control de alcoholemia y drogas. Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Los usuarios de VMP tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000 euros en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 euros).

3. No está permitido circular con auriculares o dispositivo móvil. La sanción por estas infracciones es de 200 euros cada una.

4. Uso del casco en los reglamentos que se determine.

5. Patinetes modificados. Según la instrucción un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Si se ponen en circulación aparatos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos del Reglamento (UE) nº 168/2013, dichos vehículos no pueden circular por las vías y a sus conductores se les denunciará con una sanción de 500 euros.

Además se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.

6. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta defición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.

7. Prohibida la conducción nocturna sin prendas reflectantes o alumbrado. Se considera conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes. La sanción correspondiente es de 200 euros.

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 Se endurece la normativa para las patinetas eléctricas