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La Junta Electoral declara ilegales las manifestaciones el sábado y domingo

EFE

Viernes, 20 de mayo 2011, 00:17

La Junta Electoral Central cree que pedir el voto "a favor de candidaturas concurrentes a un proceso electoral" y "la invitación a excluir a cualquiera de esas candidaturas en el ejercicio del derecho de voto" no es legal y "excede del derecho de manifestación" recogido en la Constitución. Este es uno de los argumentos en los que la JEC sustenta su decisión de prohibir las concentraciones del llamado "Movimiento 15-M" que puedan celebrarse tanto durante la jornada de reflexión del próximo sábado como durante el domingo, día de las elecciones.  Advierte el máximo intérprete de la normativa electoral de que el ejercicio de un derecho fundamental como el de reunión "se ve modulado durante el desarrollo de la campaña electoral" por varias normas que pretenden "compatibilizar su pleno disfrute" con las celebración de un proceso electoral "limpio, transparente, objetivo y en condiciones de igualdad para todos los que participan en él". En este sentido, recuerda que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) limita los actos de campaña al tiempo establecido para este período, algo que ha sido ratificado por este órgano, dice, "a lo largo de muchos años". Por ello, considera que "extender el ejercicio del derecho fundamental de reunión más allá de lo solicitado" resultaría "no sólo incongruente, sino contrario a la propia legalidad vigente". En este punto, explica que los solicitantes de autorización para las manifestaciones objeto de su resolución han especificado que lo serán "mientras dure la campaña electoral". Sobre lo que puede hacerse o no el día de votación y su víspera, la JEC remarca que la ley prohíbe cualquier acto de propaganda en ambas jornadas. Además, en el día de las elecciones "prohíbe formar grupos susceptibles de entorpecer, de cualquier manera que sea, el acceso a los locales electorales, así como la presencia en sus proximidades de quienes puedan dificultar o coaccionar el ejercicio del derecho al voto". Explica a continuación su acuerdo que todas estas medidas legales "están destinadas a garantizar el ejercicio con plena libertad del derecho de sufragio" reconocido en la Constitución. Y sobre el caso concreto sometido a consulta, entiende que incluso "la invitación a excluir" a cualquier candidatura electoral no es acorde con la ley, y ello "con independencia de los sujetos" que hagan este llamamiento, en este caso los ciudadanos que se concentran en el llamado "Movimiento 15-M".

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