Exculpan al Estado por un suicidio en Salto del Negro
Viernes, 2 de enero 2015, 00:00
La Audiencia Nacional ha desestimado la reclamación de una mujer de Lanzarote que exigía 300.000 euros al Estado por el suicidio de su hijo esquizofrénico en Salto del Negro en 2010. La Justicia entiende fue algo imprevisible y condena a la demandante al pago de las costas procesales.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por una vecina de Lanzarote reclamando 300.000 euros de indemnización al Ministerio del Interior por el fallecimiento de su hijo Jesús A.H. por suicidio mientras cumplía cuatro meses de condena en la Prisión Provincial Las Palmas I en Salto del Negro por quebrantar una medida de alejamiento de su familia.
En una sentencia dictada a finales del pasado noviembre, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha concluído que no existió culpa in vigilando por parte de Instituciones Penitenciarias porque era imprevisible que el recluso se quitara la vida, y ha condenado a la reclamante al pago de las costas generadas por el proceso.
Según detalla la sentencia, Jesús A.H., de mediana edad y enfermo de esquizofrenia de larga trayectoria unos 20 años se quitó la vida entre las 4.30 y las 5.00 horas de la madrugada del 9 de febrero de 2010 en el centro penitenciario, cuando se encontraba ingresado junto a otros 17 internos en la enfermería. Todos dormían, y para ejecutar su suicidio se fue al baño y se ahorcó con una sábana.
El fallo añade que el caso fue en su día objeto de una investigación penal que acabó en archivo.