El TSJC destapa un «grosero error» urbanístico en el Oasis

ANTONIO F. DE LA GÁNDARA

El TSJC ha confirmado la nulidad de la licencia para tirar el Hotel Oasis y construir otro en la misma parcela, al descubrir un «grosero error» en la delimitación de la Reserva Natural de las Dunas que lleva 20 años considerando suelo urbano lo que debe ser rústico.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en su sede de Las Palmas ha ratificado la nulidad de la licencia concedida en 2013 por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana a la cadena hotelera Riu para la demolición y ampliación del hotel situado en el Oasis de Maspalomas. En una sentencia notificada este jueves y avanzada en primicia por la edición electrónica de CANARIAS7, la Sala ha desestimado los recursos de Riu y del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana contra el fallo de primera instancia que anuló la licencia en noviembre del año pasado, y ha estimado parcialmente el presentado por Ifa-Lopesan Hotel Faro, para destapar lo que presumía la dirección legal de Lopesan, la sospecha por la que acudió a la Sala: que un «grosero error» en la delimitación precisa de la Reserva natural de especial (NE) de las Dunas de Maspalomas en la Ley canaria que declaró este espacio en 1994 permitió que el Plan General de San Bartolomé de Tirajana de 1996 dejara fuera de protección especial buen parte del palmeral, declarando como suelo urbano consolidado lo que debería de estar calificado como «suelo rústico de protección especial».

sin hotel nuevo. La principal y más inmediata consecuencia de la resolución judicial, de adquirir ésta firmeza es susceptible de recurso o bien ante la sala especial del TSJC o ante el Tribunal Supremo es que la cadena Riu puede demoler el actual hotel Oasis, pero si lo hace no podrá construir en la parcela el nuevo hotel para el que le había dado licencia el Ayuntamiento. La consecuencia indirecta pero también indefectible es que el Plan General de Ordenación Urbana que aprobó el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana de 1996 queda anulado «en el particular de la ordenación de los particulares y el suelo a que se refiere esta sentencia». El Plan General, de acuerdo con el mandado judicial ahora conocido, deberá pues ser corregido para ampliar la declaración de suelo rústico de protección especial a todos aquellos terrenos que un «error de divergencia» entre el texto de la Ley 12/14 de 19 de diciembre aprobada por el Parlamento de Canarias y la cartografía que se acompañó al texto para la delimitación de la Reserva natural de especial de las Dunas de Maspalomas dejó fuera de protección, entre ellos cientos de metros cuadrados en el Palmeral, muchos de ellos en la actualidad bajo propiedad privada en distintos negocios hoteleros.