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El Fiscal del Supremo no ve causa contra López Aguilar

Antonio F. de la Gándara

Viernes, 10 de julio 2015, 10:37

La representación del Ministerio Fiscal ante el Tribunal Supremo ha informado a favor del archivo de la exposición razonada con la que una magistrada de Las Palmas interesó en mayo la incoación de un proceso contra el eurodiputado canario Juan Fernando López Aguilar por maltrato familiar.

La representación del Ministerio Fiscal ante la Sala Segunda (de lo Penal) del Supremo ha informado a favor del archivo de la exposición razonada con la que la magistrada del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Las Palmas de Gran Canaria Auxiliadora Díaz Velázquez defendió el pasado 29 de mayo la existencia de indicios para abrir un proceso penal contra el eurodiputado socialista grancanario Juan Fernando López Aguilar como presunto autor de un delito de trato degradante y otro de maltrato sobre su hoy exmujer Natalia de la Nuez.

Fuentes próximas al caso señalaron que tras el informe de la acusación pública, ya en manos de la Sala, lo más probable es que el Supremo disponga el archivo de las actuaciones antes del periodo vacacional, la próxima semana según una fuente extraoficial. No se ha concretado si el proceso quedaría cerrado provisionalmente o de forma definitiva, aunque lo más probable es que se trate de un archivo provisional, expusieron fuentes próximas al Alto Tribunal.

Al parecer, el informe de la Fiscalía del Supremo pidiendo el archivo de las actuaciones va en consonancia con el que emitió el fiscal de Las Palmas Jesús Lomba, que en un informe firmado el 28 de mayo pasado defendió el sobreseimiento provisional de las actuaciones «por no haber quedado debidamente justificado la perpetración del hecho que ha dado motivo a la formación de la causa».

A juicio del fiscal, con la segunda exposición razonada ampliada y corregida que envió la juez al Supremo no se salvó el escollo del sobreseimiento libre que dictó el juez Luis Ocaña en enero de 2015 cuando el hijo de Natalia de la Nuez denunció a López Aguilar y luego se desdijo. Aquel sobreseimiento tuvo efectos de sentencia absolutoria firme sobre todos lo actos supuestamente delictivos que hubiera podido cometer el eurodiputado antes de enero de este año, por lo que el Supremo requirió datos que permitieran sustentar una causa sobre hechos nuevos supuestamente cometidos entre enero y marzo de 2015, fecha de la segunda denuncia. A juicio del fiscal, no sólo no se concretaron en la segunda declaración de Natalia de la Nuez sino que se difuminaron.

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